La política española puede vivir hoy un choque institucional sin precedentes entre los poderes del Estado. Un enfrentamiento del Tribunal Constitucional con el poder legislativo y, de fondo, también con el poder ejecutivo encarnado en el Gobierno de Pedro Sánchez. Un desafío a cuenta de las reformas propuestas por el grupo socialista y Unidas Podemos para superar el bloqueo de la derecha política y judicial a la renovación tanto del órgano de gobierno de los jueces como del propio Tribunal Constitucional.
El Congreso tiene previsto votar hoy las reformas que faciliten el desbloqueo judicial para renovar parcialmente el Tribunal Constitucional, pero puede encontrarse con que, tan solo unas horas antes, ese mismo tribunal ordene paralizar la votación en el Congreso abiría el paso a su propia renovación. Como si el árbitro le dijera 'no' a quien le nombra y le sacara tarjeta porque no ha seguido el procedimiento correcto para renovarle. El bloqueo judicial empieza a parecer un bucle político y jurídico, un pulso entre las más altas instituciones del Estado nunca antes visto en la democracia española.
El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Pedro González-Trevijano, ha convocado un pleno extraordinario a las 10 horas para decidir si se admite a trámite el recurso del PP donde pide paralizar de forma cautelarísima la tramitación parlamentaria de las enmiendas por las que se modifica el sistema de elección y llegada al TC de los dos candidatos nominados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a fin de superar la parálisis actual.
Los 12 magistrados de TC son elegidos por un período de nueve años y deben renovarse por tercios cuando llegan al final de su mandato. Cuatro por el Congreso, cuatro por el Senado y otros cuatro, conjuntamente, por el Gobierno, al que corresponde dos, y por el CGPJ, al que corresponden los otros dos. Esta última es la renovación que toca desde hace meses. Hace más de 15 días el Gobierno designó sus candidatos para el TC -unas candidaturas no exentas de polémica porque los designados son el exministro socialista de Justicia Juan Carlos Campo y la ex directora jurídica de Presidencia, Laura Díez.
Pero para que estos candidatos del Ejecutivo ocupen su plaza en el Constitucional deben ir acompañados por los designados por el CGPJ y ahí es donde se produce el bloqueo. Hasta ahora el sector conservadora del CGPJ ha paralizado los nombramientos que le corresponden y, de esta manera, ha continuado postergando la renovación parcial del Constitucional que, con los cambios, pasaría de tener una mayoría conservadora a una progresista.
La respuesta de Sánchez para vencer el obstruccionismo de de los vocales conservadores ha sido proponer una rebaja de las mayorías requeridas en el sistema de elección de los candidatos del TC que debe nombrar el CGPJ. Al hacer la propuesta a través de los grupos parlamentarios acelera el trámite legislativo porque se ahorra los informes del Consejo de Estado y del propio CGPJ que debería pedir en caso de que fuera como proyecto de ley.
PSOE y Unidas Podemos proponen pasar de una mayoría de tres quintos --que ahora requiere al menos 11 votos-- a una mayoría simple para que el CGPJ designe a sus dos candidatos al TC y que, en caso de que el órgano de gobierno de los jueces siga incumpliendo su obligación de enviar dos aspirantes al Constitucional, se puedan exigir a sus vocales responsabilidades penales. Además, contemplan que, en lugar de que cada uno de los 18 vocales proponga y vote a dos candidatos, proponga y vote solo a uno, lo que --según explican las fuentes del CGPJ consultadas por Europa Press-- garantizará que los dos más votados sean los aspirantes elegidos por cada bloque del Consejo (el progresista y el conservador).
El PP ha presentado un recurso de amparo contra las enmiendas que pretenden modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial para eliminar la mayoría de tres quintos y la Ley Orgánica del Tribuanl Constitucional para eliminar el visto buenos a los nuevos magistrados por parte del TC y habilita la opción de renovar por sextos y no por tercios. Los populares piden como medida cautelarísima que se suspenda la admisión a trámite de las dos enmiendas, independientemente del momento en el que se encuentre la iniciativa legislativa.
El recurso se dirige, entre oros puntos, contra el acuerdo de la Mesa de la Comisión de Justicia adoptado el pasado lunes, por el que se admitieron --entre otras-- estas enmiendas planteadas por el PSOE y Unidas Podemos en el marco de la proposición de ley por la que se deroga el delito de sedición. El PP considera que se ha hecho "un uso fraudulento de los trámites parlamentarios", por la "falta de conexión" de las enmiendas con la proposición de ley, para dar vía libre a unas modificaciones que son "inconstitucionales de forma manifiesta".
Según ha informado la corte de garantías, en este Pleno "se resolverá sobre la admisión a trámite del recurso de amparo y, en su caso, sobre las medidas cautelarísimas solicitadas" por los diputados del PP, una ponencia que ha recaído sobre el magistrado Enrique Arnaldo, propuesto en su día por el PP para el Tribunal Constitucional.
Está por ver qué harán los vocales progresistas ante la convocatoria urgente de este pleno por parte de González-Trevijano, presidente del tribunal al que llegó a propuesta del PP y que ha agotado ya su mandato. En este caso, los magistrados que serían sustituidos por los designados por el Gobierno, entre ellos el propio González-Trevijano, tendrán que abstenerse, por tratarse de una ley que implica directamente su cese, según EFE.
En ocasiones anteriores, el Constitucional se ha pronunciado en contra del procedimiento empleado ahora por los grupos de la izquierda para reformar la elección de los magistrados del TC: utilizar un proyecto de ley o una proposición de ley (como en este caso) para meter enmiendas que no tienen nada que ver con el contenido de la norma, la sedición y malversación en este caso.
No, en el Congreso de los Diputados. Aunque en ocasiones anteriores el Tribunal Constitucional haya dejado claro que no considera correcto un procedimiento similar al que ahora va a emplearse, lo cierto es que nunca ha paralizado un proceso legislativo en marcha en el Congreso por un recurso de amparo presentado por un partido, como ahora pretende el PP.
Fuentes jurídicas explican a EFE que se puede pedir amparo por una cuestión de trámite parlamentario, como los acuerdos de la Mesa, pero "no existe precedente alguno de que ese amparo paralice la tramitación parlamentaria", que es precisamente lo que quieren los populares.
Sí existen antecedentes respecto a un parlamento autonómico. El 5 de octubre de 2017, el Tribunal Constitucional ordenó paralizar el pleno del Parlament en el que el entonces presidente Carles Puigdemont iba a proclamar la independencia de Cataluña. El TC intervino en cuestión de horas a petición de un recurso del partido de los socialistas catalanes (PSC). El pleno finalmente se celebró el 10 de octubre. Al día siguiente el Gobierno de Rajoy aplicó el artículo 155 de la Constitución, destituyó el Govern y tomó las riendas de la autonomía catalana.