¿Qué progenitor elige el colegio en caso de custodia compartida?

  • En caso de desacuerdo sobre la elección del centro se puede llegar a tener que solicitar una intervención judicial

  • Siempre se ha de primar el bienestar del menor sobre los intereses personales de los progenitores

  • ¿Cómo se reparten los bienes en un divorcio?

Cuando se trata de situaciones de custodia compartida en España, la elección del colegio de los hijos puede ser un punto de debate importante. Sobre todo cuando ambos progenitores no están de acuerdo con la elección del centro.

Por lo general, la custodia de los hijos suele ser compartida, y por tanto, se pueden producir desacuerdos en temas tan esenciales como la educación. Este tema suele regirse por la patria potestad, que en estos casos suele ser de ambos padres tras la separación o divorcio.

¿Qué es la patria potestad?

Cuando se habla de patria potestad hay que distinguirla de la guarda y custodia. La patria potestad es la que se refiere a decisiones fundamentales en la vida del menor. Varios ejemplos serían la elección del colegio, tratamientos médicos importantes y también, el lugar de residencia.

Mientras que la guardia y custodia es donde ambos progenitores tienen la misma responsabilidad en la vida cotidiana de los hijos. Por tanto, todas las decisiones sobre temas trascendentales en la vida de los menores deben acordarse mutuamente. En caso de no llegar a un acuerdo, se tendría que recurrir a la mediación, o en casos más graves, a la intervención judicial.

¿Qué sucede en caso de no haber consenso?

Si se da el caso en el que los padres no consiguen un acuerdo en relación al colegio del menor, la legislación española, a través del artículo 156 del Código Civil, establece que cualquiera de ellos puede acudir a un juez para resolver el conflicto. Será, en este caso, el juez quien tomará la mejor decisión siempre poniendo por delante el interés superior del menor.

Esto es un proceso que se regula por la Ley de Jurisdicción Voluntaria, y tiene una serie de etapas que se han de seguir:

Lo primero que se hace es una audiencia de las partes, el juez escucha los argumentos que tienen ambos progenitores para poder comprenderlos y tomar la mejor decisión para el menor.

En caso de que el menor sea mayor de 12 años, también se haría una audiencia con él, ya que se considera que puede tener la suficiente madurez para poder darle su opinión al juez sobre el conflicto de elección de colegio y tener en cuenta sus preferencias.

Una vez que el juez ha escuchado todos los argumentos, procede a hacer una evaluación del interés del menor. Ya que, lo más importante es tener en cuenta el impacto que va a tener la decisión que se pueda tomar en su bienestar educativo, social y emocional.

Por último, se procede a la resolución judicial, el juez emite su decisión sobre qué padre tiene el poder de escoger el colegio, o también, puede determinar directamente cuál va a ser el centro escolar del menor.

Para tomar esta decisión, se tienen en cuenta varios factores como puede ser la cercanía geográfica, ya que prima el que el colegio esté cerca del domicilio del menor. También que pueda tener una continuidad educativa, ya que mantener al menor en un centro conocido y estable siempre va a ser positivo para su bienestar emocional y social, ya que en muchas ocasiones, son los propios menores los que prefieren seguir en su centro ya que ahí es donde se encuentran sus compañeros y amigos, algo para ellos esencial en esa etapa de su vida.

Por otro lado, también se tiene en cuenta la calidad educativa del centro, por lo que se procede a evaluar si el centro propuesto va a cumplir con las necesidades educativas que presente el menor.

También se va a valorar en gran medida que los progenitores puedan ser capaces de mantener una relación cordial donde exista una colaboración entre ellos en beneficio del menor.

¿Qué hacer para evitar conflictos?

En caso de que exista un desacuerdo en temas tan esenciales en la vida de un menor, y los progenitores no sean capaces de resolverlo por ellos mismos, siempre se insta a que se recurra a un mediador familiar que pueda ayudar a encontrar una solución siempre pensando y poniendo por delante el bienestar del niño, y así poder encontrar una resolución que pueda satisfacer a ambas partes.

Por otro lado, en caso de separación o divorcio siempre ayuda haber establecido acuerdos previos que incluyan ciertas especificaciones sobre la educación de los hijos para prevenir que puedan surgir estos conflictos.

Y siempre hay que recordar que lo prioritario es el bienestar del niño, y que tanto su educación como el centro educativo escogido siempre tienen que estar enfocados en ese objetivo, dejando a un lado las posibles disputas por razones personales.

En muchas ocasiones, si el niño ha demostrado ser maduro, puede ser incluso el menor quien tome la decisión, siempre asesorado por sus padres que le puedan dar una visión más global y menos emocional.