El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una ayuda económica para las personas que han trabajado menos de 360 días y no tienen derecho a percibir una prestación contributiva por desempleo. No obstante, existen una serie de requisitos que se deben cumplir para recibir el denominado subsidio por cotización insuficiente.
Según indica la Administración, se deben reunir los requisitos en el momento del hecho causante y, además, cuando se presente la solicitud del subsidio, de sus prórrogas o reanudaciones y mientras se perciba el subsidio.
Se considera fecha del hecho causante aquella en la que se produzca la situación legal de desempleo, o en la que se agote el derecho semestral o en la que termine la causa de suspensión.
La cuantía del subsidio por cotización insuficiente del SEPE es equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). Este año asciende a 463,21 euros mensuales.
Si no se reúnen los requisitos de carencia de rentas o de responsabilidades familiares, se puede obtener el subsidio siempre que se justifique el cumplimiento de estos requisitos dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante.
En tal caso, se puede obtener el subsidio a partir del día siguiente a la solicitud, sin que su duración disminuya.
La duración depende del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares.
En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
Las cotizaciones que sirvieron para aprobar este subsidio no podrán ser tenidas en cuenta en una situación legal de desempleo posterior para acceder a una nueva prestación de nivel contributivo o asistencial.