Kit Digital: qué es y qué autónomos pueden solicitarlo

  • El Kit Digital es una medida para modernizar y digitalizar los negocios de pymes y autónomos

  • El 15 de marzo se abrirá la primera convocatoria, a la que podrán adherirse los autónomos que tengan entre 10 y 49 empleados

  • Para poder solicitar la ayuda del Kit Digital se deberá cumplir con una serie de requisitos, recogidos en el BOE

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles para modernizar y digitalizar los negocios de pymes y autónomos. El próximo 15 de marzo se abrirá la primera convocatoria para solicitar esta ayuda.

El Kit Digital es una iniciativa presentada por Nadia Calviño y consiste en un programa de ayudas del Plan de Recuperación par impulsar la digitalización de pymes y autónomos. Este Kit contará con una dotación de 3.067 millones de euros procedentes de los fondos Next Generation de la Unión Europea y se enmarca en la agenda España Digital 2025.

El BOE ha publicado ya la primera convocatoria del Kit Digital, que se podrá solicitar a partir del 15 de marzo, pero únicamente para los autónomos que tengan a su cargo entre 10 y 49 empleados. El resto de autónomos que tengan menos de 10 empleado también podrán solicitar esta ayuda, aunque en próximas convocatorias.

Estas empresas podrán solicitar esta ayudar, que consistirá en 12.000 euros, en un plazo de seis meses desde el próximo 15 de marzo, a no ser que el presupuesto se agote antes, en cuyo caso se cerraría la convocatoria.

¿Qué requisitos deben cumplir los negocios para recibir el Kit Digital?

Para esta convocatoria existen una serie de requisitos que recoge el BOE:

  1. Tener hasta 49 trabajadores y, por tanto, la consideración de pequeña empresa o microempresa.
  2. Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  3. No tener la consideración de empresa en crisis.
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  5. No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  6. No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003
  7. No superar el límite de ayudas.
  8. Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo al test de diagnóstico de la plataforma Acelera pyme.

Además de esta primera convocatoria, establecida para el Segmento I, para pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 trabajadores, se establecerán otras dos convocatorias. La segunda, para el Segmento II y pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 trabajadores; y una tercera ronda para el Segmento III, de pequeñas empresas o microempresas de menos de 3 trabajadores.

Las ayudas se concederán por orden de presentación como único criterio una vez cumplidos con los requisitos iniciales. Este kit es clave para la recuperación económica del país en los próximos años.