Una de las grandes dudas para los trabajadores por cuenta propia con cada nuevo ejercicio es cuáles son las ayudas para autónomos disponibles para el año que comienza. En el caso de España, el Gobierno ha aprobado recientemente un Real Decreto-ley con diversas medidas de protección para empresas y trabajadores y de recuperación económica, que incluye la extensión de ayudas por la Covid-19 para los trabajadores autónomos hasta finales de junio de 2022, con el objetivo de continuar protegiendo a estos trabajadores y de favorecer la recuperación de la actividad. Además, existen otras ayudas complementarias a las que es posible acudir. Ayudas para autónomos 2022: ¿Cuáles son y hasta cuándo pueden solicitar?
Tal y como explica la propia Seguridad Social, el Real Decreto-ley recién aprobado contiene dos grupos de medidas. El premio de ellos tiene como objetivo facilitar la reactivación de la actividad de los autónomos.
Entre otras cosas, al igual que sucedió a partir de octubre del pasado año, se establecen exoneraciones en las cotizaciones sociales durante los próximos cuatro meses. Así, a los autónomos que venían percibiendo hasta ahora las prestaciones extraordinarias asociadas a la pandemia del Real Decreto-ley 18/2021 -más de 110.000 personas- se les aplicará una exoneración de su cotización a la Seguridad Social del 90 por ciento en marzo, del 75 por ciento en abril, del 50 por ciento en mayo y del 25 por ciento en junio.
Eso sí, es requisito para recibir estas exoneraciones permanecer en alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social hasta el 30 de junio de 2022.
En cuanto al segundo grupo de ayudas, se dirige específicamente a autónomos que afrontan situaciones especiales: por un lado, a los afectados por la suspensión de actividad por la pandemia y, por el otro, a aquellos perjudicados por la erupción volcánica en La Palma.
En cuanto a los afectados por la suspensión de actividad por la pandemia, cuando un autónomo sufra una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus Covid-19, recibirá una prestación extraordinaria por una cuantía del 70 por ciento de la base mínima de cotización. También en estos casos se aplicará una exoneración de las cuotas a la Seguridad Social, y dicho periodo se considerará como cotizado. Esta ayuda será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Además, se prorroga cuatro meses la prestación específica para los autónomos afectados por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma. Los trabajadores por cuenta propia que se hayan visto obligados a suspender o cesar su actividad como consecuencia directa de este suceso tienen derecho a la prestación por cese de actividad hasta el 30 de junio.
Más allá de estas medidas extraordinarias, existen otras que pueden aplicarse a los profesionales autónomos y que pueden contribuir a aliviar su situación. Estas son algunas de ellas:
En cuanto a la futura Ley de Startups, ha sido criticada por el Consejo Económico y Social de España (CES) precisamente por haber sido redactada pensando solo en las empresas emergentes constituidas bajo la modalidad de sociedad limitada, y no tanto en otro tipo de sociedades, o en los profesionales autónomos.
Para esta institución, el sistema de beneficios fiscales que propone la norma no debería ser discriminatorio en relación con la forma jurídica que los emprendedores elijan para iniciar actividades innovadoras. La norma todavía puede cambiar, y se prevé que esté lista de cara al verano.