¿Cómo calcular el IRPF de un autónomo?

  • Ser profesional autónomo también implica hacer frente al pago del IRPF, según los principios de proporcionalidad y redistribución

  • Existen distintos tramos progresivos que gravan los ingresos de este colectivo, aunque pueden aplicarse distintos regímenes

  • La mayoría de los autónomos tributa a través del régimen de estimación directa simplificada, para quienes ingresen menos de 600.000 euros y no pertenezcan al régimen de módulos

Cumplir con todas tus obligaciones fiscales como profesional autónomo puede ser una tarea engorrosa. No es casualidad que muchos se apoyen en una asesoría fiscal que permanezca al tanto del calendario fiscal y del papeleo y modelos necesarios en cada momento del año.

Uno de los impuestos a los que está sujeto el autónomo, aunque no en todos los casos, es el IRPF. Y, como ocurre con el resto de obligaciones fiscales, el IRPF del autónomo presenta sus particularidades con respecto a los trabajadores por cuenta ajena. ¿Cómo calcular el IRPF de un autónomo? ¿Cómo saber qué te tocará pagar en tu Renta 2021 si estás sujeto a este tributo?

¿Cómo calcular el IRPF de un autónomo?

Si has llegado hasta este artículo probablemente ya tengas claro que tu actividad profesional se encuentra sujeta a IRPF. Ante la duda, lo mejor es ponerte en contacto con Hacienda o con un asesor fiscal: la casuística es amplia y compleja, y existen distintos regímenes aplicables a la hora de pagar este tributo.

En cuanto a cómo calcular el IRPF de un autónomo, hay que recordar que este impuesto grava la percepción de rentas o ingresos de todo tipo durante un año natural, y que una de sus notas características es la progresividad: cuanto mayor sea el salario percibido, mayor porcentaje de IRPF deberemos abonar.

Esta máxima se aplica tanto a los trabajadores por cuenta ajena como a los profesionales de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), y responde a la idea de redistribución de la renta que envuelve nuestro sistema tributario. Se trata de repartir la riqueza de forma equitativa, corrigiendo desigualdades estructurales, como puede ser las distintas capacidades y calificaciones laborales, razones hereditarias, nivel de educación, azar y discriminación (por sexo, por raza...) o exclusión de ciertas actividades.

En general, lo habitual es que tus facturas como autónomo lleven una retención del 15 por ciento, pero hay que tener en cuenta que a los autónomos también se les aplican tramos que gravan en mayor medida a las rentas más altas, siguiendo las ideas de progresividad y redistribución:

  • Hasta 12.450 euros: 19 por ciento.
  • De 12.450 a 20.200 euros: 24 por ciento.
  • Entre 20.200 y 35.200 euros: 30 por ciento.
  • De 35.200 a 60.000: 37 por ciento.
  • De 60.000,01 a 300.000 euros: 45 por ciento.
  • Más de 300.000 euros: 47 por ciento.

Recuerda que, en contra de lo que muchas personas creen, el hecho de ’saltar’ de tramo por haber obtenido más ingresos en un ejercicio determinado no significa que el nuevo porcentaje (más elevado) se vaya a aplicar a la totalidad de sus ingresos. Al contrario, la suma comprendida en un tramo determinado tributará por el porcentaje que le corresponda, y la suma restante (dentro del siguiente tramo), lo hará por el nuevo porcentaje (más elevado que el anterior). Así, habrá subida, pero no será tan drástica como muchas personas imaginan.

Además, ten en cuenta que, para calcular el tipo de retención del IRPF, tendrás que restar a tus ingresos brutos (base imponible) tus gastos deducibles, y aplicar a continuación todas las deducciones o reducciones a las que tengas derecho (por tu estado civil, por descendientes a cargo, hipotecas...). Así obtendrás tu base liquidable, a la que tendrás que aplicar la retención correspondiente a cada tramo.

En cuanto a las formas en que puedes abonar el IRPF, existen distintos regímenes:

  • Estimación Directa Simplificada. Es el régimen para autónomos cuyos ingresos no superen los 600.000 euros anuales en el año anterior. Es el método que usan la mayoría de los autónomos.
  • Estimación Directa Normal. Se aplica a autónomos con actividades económicas que facturaran más de 600.000 euros anuales en el año anterior.
  • Estimación Objetiva del IRPF (Módulos). Este método se aplica a autónomos que cumplan una serie de requisitos, realizando actividades concretas con determinados límites de ingresos. Es el caso de comercios minoristas, hostelería y restauración, material de construcción, peluquerías y servicios de belleza...
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