Paro único: ¿cómo puedo cobrar la prestación por desempleo en una sola cuota?
Lucía SicreMadrid
Iniciarse como autónomo es más fácil si puedes cobrar tu prestación por desempleo en un solo pago.Telecinco.es
iniciarse como autónomo es más fácil si puedes cobrar tu paro en un solo pago: en eso consiste la capitalización del desempleo
El objetivo es que puedas sufragar los gastos de inicio de tu actividad: deberás presentar una memoria explicativa que los justifique
Existen determinados requisitos y límites a la hora de acceder a esta posibilidad, algunos relacionados con el tipo de inversión
Ser autónomo no es para todo el mundo, pero con el tiempo se ha convertido la opción favorita de muchas personas en nuestro país. Con sus más y sus menos -y sin olvidar los casos en que es el empresario quien empuja al empleado a darse de alta en este régimen para pagar menos por él-, son muchos los españoles que deciden abandonar una carrera profesional al abrigo de su empleador para iniciar su propia aventura. Uno de los motivos principales por los que se retrasa este paso es la falta de liquidez. Por eso es importante conocer la posibilidad de capitalizar el paro, o lo que es lo mismo, optar por el paro único. ¿Cómo puedo cobrar el paro de una vez?
Capitalizar el paro: cómo cobrar tu prestación por desempleo en un pago único
Si estás pensando en iniciar un trabajo por cuenta propia y darte de alta como autónomo, seguro que te has planteado la posibilidad de capitalizar tu paro. Se trata de una manera perfecta de hacer frente a los gastos de actividad asociados a los primeros pasos en la creación de tu negocio, y esta vía la pone a tu disposición la propia Seguridad Social.
El propio Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) asegura que el objetivo de esta medida es facilitar "las iniciativas de empleo autónomo, abonando en un solo pago el importe de dicha prestación por desempleo a las personas beneficiarias". En concreto, se trata de una fórmula pensada para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo entre personas que estén percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo, abonando el valor actual del importe de la prestación que reste por percibir a aquellas personas beneficiarias que pretendan:
Incorporarse de forma estable como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya constituidas, o constituirlas, aunque se haya mantenido un contrato previo con las mismas.
Desarrollar una actividad como personas trabajadoras autónomas, sin que se incluyan en este caso quienes se den de alta como trabajadores autónomos económicamente dependientes, firmando un contrato con una empresa con la que hubieran mantenido una relación contractual inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezca al mismo grupo empresarial.
Destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en ella una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Así, según recoge esta institución, puedes beneficiarte del pago único de tu prestación por desempleo para crear su empresa siempre que cumplas determinadas condiciones y requisitos:
Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral, pendiente de recibir, a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades. En el caso de las personas beneficiarias de la prestación por cese de actividad, este mínimo asciende a seis meses.
No haber cobrado el pago único en los cuatro años inmediatamente anteriores, en cualquiera de sus modalidades.
Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. Sin embargo, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.
Además, hay que tener en cuenta un requisito que puede resultar algo más engorroso: la elaboración de una memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad que vayas a desarrollar y de la inversión necesaria, salvo que solicites exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.
Por lo demás, deberás presentar el impreso de solicitud de pago único y aportar DNI o pasaporte (o documento equivalente para extranjeros). Puedes hacerlo a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la sede electrónica del SEPE), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.