La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado a la empresa Transmisiones La Magdalena, S.L., de Abadiño (Bizkaia), a indemnizar con 50.000 euros al conjunto de sus 56 trabajadores por no haber respetado el permiso retribuido establecido por el Gobierno en abril de 2020 para luchar contra la covid-19.
El TSJPV, en una resolución fechada el pasado 9 de febrero, ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por el sindicato LAB contra una sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao de 17 de abril de 2020. Así, ha revocado la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda del sindicato y ha declarado la nulidad de la conducta empresarial por haberse vulnerado "el derecho fundamental a la integridad física y moral de los trabajadores".
El Real Decreto de 29 de marzo de 2020 regulaba un permiso retribuido recuperable de carácter obligatorio, entre el 30 de marzo y el 9 de abril, para los trabajadores por cuenta ajena que no prestaran servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra la covid-19.
La empresa, dedicada a la fabricación de árboles de transmisión para maquinaria agrícola, argumentó que la norma establecía una excepción para las empresas con actividades de importación y exportación, también apoyada por el Gobierno Vasco. Según la compañía, que ordenó la reapertura de sus instalaciones el 2 de abril, todos sus compromisos con clientes internacionales se soportaban sobre contratos internacionales de compraventa, y más del 90 por ciento de su cartera de pedidos se componía exclusivamente de pedidos de exportación.