Ingreso Mínimo Vital: estos son los errores que harán que te denieguen esta ayuda del Gobierno
La avalancha de solicitudes de Ingreso Mínimo Vital está frenando su concesión
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las medidas estrella aprobadas por el Gobierno durante esta legislatura, aunque la avalancha de solicitudes está frenando su aplicación y ha llevado al Ejecutivo a modificar ciertos requisitos y ampliar plazos para agilizar el proceso y garantizar que esta ayuda llegue allí donde sea necesario. Precisamente por ello es muy importante asegurarse de que la solicitud presentada cuente con toda la documentación necesaria y no presente ninguna errata que pueda provocar la denegación de este ingreso. ¿Cuáles son los errores que harán que te denieguen el Ingreso Mínimo Vital?
Ingreso Mínimo Vital: errores que harán que te denieguen esta ayuda
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Tal y como recuerda la Seguridad Social, el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
Se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Con ella se persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias, sirviendo como 'puente' desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Por eso contiene en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones.
Esta medida vio la luz el pasado mes de junio y, desde entonces, la Seguridad Social ha registrado más de un millón de solicitudes. Sin embargo, el número de concesiones es bastante menor, rondando las 136.000 ayudas. En la mayoría de los casos, la negativa se debe a errores subsanables, lo que significa que, aunque es posible enmendarlos y obtener la ayuda, estaremos generando un retraso en su percepción que es fácilmente evitable si nos aseguramos de que nuestra solicitud contenga toda la información necesaria.
Un error muy frecuente que puede dificultar la percepción del Ingreso Mínimo Vital es la duplicidad de solicitudes, según asegura la propia Seguridad Social. Según esta administración, nada menos que un 7,5 por ciento de las solicitudes se registraron dos veces, lo que puede provocar la denegación de ambas.
Otro error muy frecuente es la falta de documentación básica, como puede ser el certificado de empadronamiento, un justificante de ingresos, informar sobre dónde debe ingresarse la ayuda... En total, la Seguridad Social estima que unas 143.000 solicitudes han quedado fuera por este motivo, especialmente por no adjuntar el certificado de empadronamiento, un documento que puede obtenerse de forma digital de forma muy sencilla a través de la web de tu ayuntamiento, siempre que cuentes con algún sistema de acreditación.
Además, otras denegaciones se relacionan con excesos en los límites de renta y patrimonio: en estos casos se trata de un defecto objetivo en la solicitud que hará que se nos deniegue por no cumplirse los requisitos exigibles por la ley. Es importante recordar que los ingresos de unidad familiar no deben de pasar de 462 euros al mes para una persona adulta y que, cuando existan más personas mayores de edad en el núcleo familiar, esta suma aumentará en 139 euros por cada uno de ellos, hasta un máximo de 1.015 euros al mes.
Por otro lado, la Seguridad Social recuerda que, en caso de cumplir todos los requisitos correctamente pero no haber obtenido respuesta, el motivo puede estar en la saturación de la administración debida a la pandemia por coronavirus: “La crisis generado por el pandemia del coronavirus ha saturado los servicios de empleo y la Seguridad Social”, asegura esta institución, lo que puede provocar retrasos en los plazos de aceptación y de ingreso de la ayuda.
Existen otros requisitos, además de los económicos, que debes cumplir para generar derecho a esta ayuda: tener una edad comprendida entre los 23 años y los 65 (el límite mínimo de 23 años deja de aplicarse si existe algún menor a cargo del solicitante), haber residido en España durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud (y demostrarlo) y, en caso de ser extranjero, justificar la residencia legal. Por otro lado, quienes vivan solos deben probar que han vivido independientemente de sus padres durante los últimos tres años.
En caso de duda, existe un simulador en la Sede Electrónica de la Seguridad Social con el que puedes comprobar de forma sencilla si tienes derecho o no a percibir esta ayuda.