Estas son las ayudas económicas para las familias numerosas: requisitos y cómo solicitarlas
Existen infinidad de ayudas estatales para familias numerosas, además de distintas ayudas autonómicas: conoce cuáles y qué requisitos debes cumplir
Ser familia numerosa es hoy más sencillo que hace algunos años: la natalidad en España es cada vez menor y, como consecuencia, también han variado los requisitos para que una familia se considere integrada en esta categoría, que da derecho a obtener determinados ayudas y descuentos. En general, se considera familia numerosa aquella en la que existen al menos tres hijos, aunque existe una amplia casuística según la cuál tu familia puede integrarse en este grupo aunque exista un número inferior de descendientes. ¿Cuándo existe familia numerosa y cuáles son las ayudas para ellas?
Familia numerosa: cuándo podemos hablar de ella
MÁS
Lo primero es tener claro cuándo entramos en la categoría de familia numerosa, y la respuesta a esta duda la encontramos en la Ley 40/2003, del 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Según esta norma, se considera familia numerosa aquella que está integrada por:
- Uno o dos progenitores con tres o más hijos, ya sean en común o no.
- Uno o dos padres con dos hijos, sean o no en común, si al menos uno de ellos tiene una discapacidad de al menos el 33 por ciento o está incapacitado para trabajar.
- Cualquiera de los progenitores, siempre que esté separado o divorciado y que tenga a su cargo a tres o más hijos. No es necesario que vivan en el mismo domicilio: basta con que dependan económicamente del progenitor separado o divorciado.
- Los dos progenitores, o uno de ellos, discapacitados (con un grado mayor o igual al 65 por ciento o con imposibilidad para trabajar) y dos hijos, sean comunes o no.
- Dos hermanos huérfanos (de cualquiera de los dos progenitores) tutelados, en acogida o guarda, cuando vivan con el tutor pero no se encuentren a sus expensas.
- Tres hermanos huérfanos (de cualquiera de los progenitores) que tengan más de 18 —o dos hermanos si uno de ellos tiene discapacidad— y dependan entre ellos económicamente.
- Un progenitor con dos hijos cuando el otro progenitor haya fallecido.
Además de todo ello, es necesario que la unidad familiar cumpla con ciertos requisitos. Por ejemplo, que los hijos sean menores de 21 años y no estén casados (salvo que sean discapacitados o no puedan trabajar). Además, si los hijos estudian (siempre que los estudios se adecúen a su edad), el límite pasa a los 25 años.
También deberán vivir con sus padres (o con uno de ellos), sin que sea relevante que vivan circunstancialmente en otro lugar debido a estudios, trabajos, salud, etc. Por otro lado, debe existir dependencia económica, que existe siempre que los hijos no ingresen una suma superior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento. En caso de incapacidad, es necesario que la pensión que reciba el hijo no exceda el IPREM para que se cumpla este requisito.
La ley también considera que existe dependencia económica cuando el hijo contribuya a la economía familiar y solo exista un progenitor inactivo, o cuando los ingresos del progenitor no superen el doble del IPREM vigente. Del mismo modo, también existirá dependencia económica si el progenitor está incapacitado para trabajar, jubilado o tiene más de 65 años, en el caso de que sus rentas no superen el IPREM.
Por otro lado, existe la llamada familia numerosa especial: es aquella en la que hay cinco o más hijos, o 4 en el caso de que al menos 3 de ellos procedan de un parto, adopción o acogimiento múltiple. También se considerará que una familia numerosa entra en la categoría de especial si existen cuatro hijos y los ingresos anuales divididos entre los miembros de la familia no superan el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Ayudas para familias numerosas en 2020
Si cumples todos estos requisitos, solo tienes que solicitar en la Unidad de Familias Numerosas de tu Ayuntamiento el carnet de familia numerosa. Con esta acreditación podrás beneficiarte de distintas ayudas a nivel estatal, tal y como recoge la Fundación Auténticos.
Por ejemplo, podrás acceder a la prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, que consiste en el pago de 1.000 euros para familias numerosas, familias monoparentales o familias las que la madre tenga una discapacidad superior al 65 por ciento cuando nazca su hijo. Eso sí, existen ciertos límites de ingresos: éstos no podrán superar los 18.532 euros para tres hijos, 21.534 euros para cuatro, y 24.536 euros para cinco.
Por otro lado, existe una ayuda para aquellas familias numerosas que no superen unos ingresos de 19.459,257 euros al año para familias de tres hijos: la cuantía que percibirás será la diferencia entre los ingresos de la unidad familiar y esta cifra, y deberás solicitarla en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Además, los miembros de las familias numerosas no pagan tasas de expedición del DNI o pasaporte, ni la renovación de estos documentos.
También existen numerosos descuentos en entradas a museos y demás espacios culturales repartidos por toda España, y lo mismo se aplica al transporte público, para el que existe un descuento del 20 o el 50 por ciento, según entres en la categoría de familia numerosa general o especial, en transporte por carretera y ferrocarril, y hasta un 10 por ciento en vuelos nacionales.
En el caso de la educación, disfrutarás de un 50 por ciento de descuento en las tasas educativas (matrículas, tasas de examen...), y partirás con ventaja de cara a la obtención de becas públicas relacionadas con educación, en cualquier nivel educativo.
Desde el punto de vista fiscal, podrás aplicar una deducción por familia numerosa en tu declaración de la renta, que básicamente consistirá en 1.200 euros al año en el caso de las familias numerosas generales o 2.400 euros al año en el caso de las familias numerosas especiales. Además, podrás cobrar la deducción por familia numerosa de forma anticipada solicitándolo en Hacienda, pero ten en cuenta que debes estar activo en la Seguridad Social, aunque sea cobrando alguna prestación o pensión.
Otra ayuda estatal consiste en una bonificación del 45 por ciento de las cuotas de la Seguridad Social si decides contratar ayuda en casa, siempre que los dos progenitores trabajen fuera de casa (salvo en familia numerosa especial). También disfrutarás de un descuento del 50 por ciento en el Impuesto de Matriculación al comprar un vehículo familiar, y de ciertos descuentos en servicios domésticos (por ejemplo, el bono social de la luz).
Por último, no dejes de consultar las dudas vigentes en cada comunidad autónoma: existen distintas normas que establecen descuentos y servicios destinados a facilitar la carga económica que soportan este tipo de familias.