Guía rápida del SEPE para consultar tu solicitud de tu prestación por desempleo
El SEPE acaba de publicar una guía breve para consultar el estado de tu solicitud de prestación por desempleo
Un ciberataque ocurrido en marzo ha ralentizado las consultas sobre este trámite durante semanas
No se exigirá a sus solicitantes que acrediten haber realizado previamente acciones de búsqueda activa de empleo.
Si necesitas consultar el proceso de confirmación de tu solicitud de prestación por desempleo o cualquier otra información relacionada con estas prestaciones, es posible que durante las últimas semanas hayas experimentado problemas y que hayas tenido que acudir a los teléfonos de información que pone a tu disposición el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o incluso a sus oficinas físicas.
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El motivo se encuentra en un ataque sufrido por este organismo durante el mes de marzo, que ha paralizado la realización de trámites. Para paliar los efectos de esta situación, el SEPE acaba de publicar una guía rápida para solventar dudas con respecto a los trámites relacionados con la tramitación del paro.
Guía rápida del SEPE para tramitar prestaciones por desempleo
Si estás tramitando una solicitud de prestación por desempleo, basta con solicitar una clave PIN para poder consultar su estado, así como para acceder al cálculo de cuál será tu prestación mensual y cuantos meses durará. Hay que tener en cuenta que ello dependerá del tiempo que hayas cotizado previamente, así como de la cuantía por la que hayas cotizado. El SEPE realiza este cálculo teniendo en cuenta los datos de que dispone sobre tu actividad laboral y profesional.
Para facilitar este proceso, el SEPE ha creado una guía rápida para consulta de solicitudes de prestaciones por desempleo. En ella se recogen nueve puntos clave que te ayudarán a realizar tu consulta de forma completamente telemática y a conocer si tu solicitud está aprobada, en estudio o denegada:
- Entra en la página web del SEPE (sede.sepe.gob.es)
- Dirígete a la pestaña 'Procedimientos y servicios'.
- Una vez en ella, pulsa sobre la opción 'Personas'.
- Selecciona “Consulte los datos y recibo de su prestación”.
- Entra en la pestaña 'Consultas de la prestación’.
- Selecciona 'Pin teléfono móvil’.
- Indica tu NIF y un número de teléfono.
- Introduce el PIN que recibirás en tu móvil en la casilla correspondiente de la página web del SEPE.
- Al introducir el PIN y validar tu acceso, aparecerá el estado actual de la prestación solicitada. Si tu prestación está aprobada, podrás conocer su cuantía y duración.
El SEPE también recuerda que, en tiempos como el actual, se hace necesario extremar el cuidado a la hora de realizar nuestros trámites online. Por eso, “es muy importante que tengamos en cuenta que el Covid-19 no solamente puede afectar a nuestra salud física, sino que también puede afectar a nuestra cibersalud".
Estas son las recomendaciones del SEPE en cuanto a la tramitación telemática de prestaciones:
- Recuerda que http://www.sepe.es/ y https://sede.sepe.gob.es/ son nuestras páginas oficiales.
- Realiza tus trámites telemáticos únicamente a través de la Sede Electrónica del SEPE.
- Puedes igualmente contactar al SEPE a través de los teléfonos de contacto.
- Antes de abrir cualquier correo electrónico, comprueba que realmente proceda del SEPE: si el remitente no termina en @sepe.es, no abras el correo bajo ningún concepto.
- Nunca facilites tus datos de acceso: usuario, contraseña, códigos recibidos por SMS, etc.
- Son las empresas quienes nos comunican los datos de los trabajadores afectados por el ERTE, por lo que nunca recibirás un mensaje solicitando datos.
- Por último, si detectas cualquier intento de suplantación, puedes denunciarlo a través del correo electrónico fraudeinternet@policia.es
Además, el SEPE recuerda que, hasta el 31 de mayo de 2021, para ser beneficiario del programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, o del subsidio extraordinario por desempleo regulado en la disposición adicional vigésima séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, no se exigirá a sus solicitantes que acrediten haber realizado previamente acciones de búsqueda activa de empleo.