Declaración de la renta: modificar el borrador es posible, siguiendo estos pasos

La Campaña de la Renta y Patrimonio 2021 arranca el próximo 6 de abril y finaliza el 30 de junio. Quienes no quieran sufrir largas esperas, podrán hacer ellos mismo el borrador de la renta a través de Internet, un trámite mucho más ágil que el convencional, sin necesidad de pedir cita, presentar documentos y con la posibilidad de gestionar la operación uno mismo. Solo será necesario acceder a la web de la Agencia Tributaria y acceder al trámite mediante la Clave PIN, número de referencia, DNI o NIE o el certificado electrónico.

Antes de presentar el borrador, el propio sistema detectará posibles errores en los datos introducidos, destacándolos en amarillo ante de su validación final. Pero, ¿qué ocurre si hay algún error en el borrador finalizado? ¿Se podría rectificar? En caso de que te des cuenta del fallo una vez presentada la declaración de la renta, como señala En Naranja, hay dos opciones:

Si el error perjudica a Hacienda: se debe presentar una declaración complementaria e ingresar la diferencia.

Si el error te perjudica al usuario: se debe presentar una solicitud. La Agencia Tributaria la examinará y, si está de acuerdo, abonará la diferencia. En caso de que la deniegue, el declarante podrá presentar recurso ante la Administración, primero, y ante la justicia, después.

¿En qué fijarse en caso tener duda sobre el borrador presentado?

-Datos personales y familiares

Influyen en el mínimo personal y familiar, en la declaración conjunta y en algunos beneficios fiscales.

-Los relacionados con los inmuebles

Pueden condicionar, entre otros aspectos, los rendimientos del capital inmobiliario, las imputaciones de renta o ciertas desgravaciones.

-Desgravaciones

Revisa bien qué puedes desgravarte en la renta antes confirmar el borrador.

-Rentas obtenidas en el extranjero

Si eres residente en España, también es necesario tributar por las ganancias que se hayan obtenido fuera del país.

-Gastos deducibles para el cálculo de rendimientos o ganancias y pérdidas patrimoniales

Si no los incluyes, pagarás más de lo debido.