Miles de familias en España dependen de la llamada Renta Mínima o Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación que existe en España desde mayo del pasado 2020 y que tiene carácter no contributivo: basta con cumplir los requisitos que marca la normativa para poder acceder a ella, sin que sean necesarias aportaciones previas a la Seguridad Social por parte del interesado.
Esta ayuda, dirigida a personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad social, se cobra mes a mes siguiendo pautas concretas que recoge la ley, y de ella disfrutan más de 800.000 personas, según los últimos datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). ¿Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital de diciembre 2021? ¿Existe paga extra en el Ingreso Mínimo Vital de diciembre?
Si eres perceptor del Ingreso Mínimo Vital sabrás que esta ayuda ha experimentado una subida del 1,8 por ciento en el actual ejercicio y que los Presupuestos Generales del Estado de cara a 2022 incluirán una ayuda de hasta 100 euros por hijo para familias con descendencia que ya sean perceptoras del IMV y que, por tanto, cuenten con ingresos bajos. Así, a partir de 2022 las familias con rentas bajas recibirán una nueva ayuda relacionada con la crianza, que se concederá por hijo a cargo.
En cuanto a la forma de cobro del Ingreso Mínimo Vital, esta ayuda se abona de forma mensual mediante transferencia bancaria en la cuenta del titular de la prestación, apareciendo a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de solicitud. Así, lo normal será que el cobro llegue el primer día laborable del mes.
En el caso del mes de diciembre de 2021 la situación será normal: la fecha de cobro más habitual será el 1 de diciembre, dado que la norma indica que esta prestación debe abonarse el primer día hábil del mes. Como en este caso el día 1 coincide con mitad de la semana, no se esperan cambios ni retrasos, como los que pueden tener lugar en caso de mediar festivos o fines de semana.
Además, hay que recordar que existen determinada entidades en las que el cobro se adelanta sistemáticamente. Es el caso de Banco Santander, BBVA, Deustche Bank, Abanca, Bankinter, Unicaja, Banco Sabadell, ING, Liberbank, Cajasur, KutxaBank y Caixabank. Así, la realidad es que la mayoría de los bancos ingresan esta ayuda entre los días 23 y 28 de cada mes, adelantándose a la Seguridad Social, por lo que lo más sencillo en caso de duda es consultar a tu entidad.
Además, en caso de que te acaben de aprobar la ayuda, debes saber que las prestaciones aprobadas antes del día 15 se abonan a final del mes en curso y las aprobadas en la segunda quincena se ingresarán al siguiente mes.
En cuanto a quiénes pueden cobrar la renta mínima, existen ciertos requisitos: esta ayuda gira en torno a la idea de reducir los elevados niveles de pobreza infantil y desigualdad y, por ello, quien la solicite deberá justificar que no alcanza el nivel de ingreso mínimo establecido por la Administración para afrontar las necesidades básicas del día a día (la norma general se refiere a ingresos mensuales que no superen el 80 por cierto del Iprem, es decir, alrededor de 451,92 euros al mes en 2021). Existen otras reglas de ajuste del umbral mínimo, basadas en factores como el número de personas que habiten en el hogar.
Si te preguntas cuánto se puede cobrar en caso de tener derecho a percibir la Renta Mínima Universal, lo cierto es que no existe una respuesta única, ya que las cuantías variarán nuevamente en función del tamaño de la unidad familiar, partiendo de los 469,93 euros para el caso de adultos sin más miembros en la familia, hasta los 1.033,85 mensuales en caso de tratarse de dos adultos con más de dos hijos a su cargo.
Por último, debes saber que en el caso del Ingreso Mínimo Universal no existe paga extra de Navidad: las familias percibirán su renta habitual, y deben tener en cuenta que a partir del próximo mes se aplicarán los cambios relativos a 2022.