Cambios de la Ley de Tráfico: ¿cómo te afectan y cuáles son las nuevas multas?
El próximo 21 de marzo entrarán en vigor nuevas normas en materia de tráfico, incluyendo sanciones más duras
Utilizar el móvil con las manos podrá suponer la pérdida de 6 puntos, debido a la contrastada peligrosidad de esta práctica
Además, vienen cambios que buscan proteger al colectivo ciclista desde distintos frentes
El 21 de marzo de 2022 entrarán en vigor toda una serie de cambios en materia de tráfico que, como conductor, debes conocer si quieres evitar cometer nuevas infracciones al volante y, como consecuencia, hacer frente a las correspondientes sanciones o multas. ¿Cuáles son la novedades que trae la nueva Ley de Tráfico en 2022? ¿Qué debes saber para actualizarte al volante?
Cambios de la Ley de Tráfico: cómo te afectan y cuáles son las nuevas multas
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La Dirección General de Tráfico (DGT) se ha encargado de resumir y difundir cuáles son las grandes novedades de la nueva Ley de Tráfico o, más concretamente, la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Esta norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 20 de diciembre, por lo que su contenido ya es conocido. En ella se marcaba un periodo de tres meses hasta su completa entrada en vigor, que se cumplirá muy pronto.
Por ejemplo, a partir del 21 de marzo, utilizar el teléfono móvil mientras se conduce pasará a restar 6 puntos de nuestro crédito de puntos en lugar de 3. Además, aumenta a 4 puntos la sanción por no hacer uso del cinturón de seguridad, del casco o del sistema de retención infantil correspondiente; todo ello sin aumento de la sanción económica.
Otra medida consiste en unificar a dos años el tiempo necesario que debe cumplir un conductor sin cometer infracciones para poder recuperar su saldo inicial de puntos. Desaparece así la distinción existente hasta ahora entre dos años cuando constan sanciones graves y tres años cuando constan sanciones muy graves. "Se simplifica así el sistema, que era complejo de entender", asegura la exposición de motivos de la Ley.
La norma también suprime la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas.
Además, se introducen otras medidas de cara a la protección del colectivo ciclista, como son la obligación, en vías con más de un carril por sentido, de cambiar de carril cuando se adelante a ciclistas o ciclomotores, o la prohibición de parar o estacionar en carril bici o vías ciclistas. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros, o perderás 6 puntos.
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos con la nueva norma y, del mismo modo, los peatones tendrán preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos pasará a estar prohibido, estén conectados o no, ya que, según recuerda la DGT, se trata de "sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico, por lo que no se permite llevarlos." Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
Además, ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. bastará con utilizar la app miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir. Si quieres saber más, Tráfico ha habilitado una web informativa con todas las nuevas medidas.