El Gobierno planea extender los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) hasta que persistan las restricciones a la actividad derivadas del coronavirus y, en todo caso, hasta el 30 de septiembre, tal como recoge el borrador de Real Decreto-ley que ha trasladado a los agentes sociales, con quienes se ha reunido en busca de un acuerdo que finalmente no se ha producido.
Tras más de cuatro horas de reunión, las pretensiones de ambas partes no han encontrado un punto común definitivo, razón por la cual se han emplazado a seguir negociando con empresarios y sindicatos.
De este modo, el Ejecutivo, que según fuentes conocedoras de la negociación ha querido dar prioridad y poner en valor el diálogo social, ha decidido no aprobar mañana ningún texto de extensión de esta herramienta.
En este sentido, el Gobierno estaría dispuesto a analizar la situación de los ERTE en el mes de septiembre, a pesar de que en la propuesta presentada en la mesa de diálogo se ponía esta fecha como tope; algo que no aceptan los agentes sociales, que quieren extender ese plazo más allá.
Concretamente, las demandas sindicales y empresariales piden alargar los ERTE al 31 de diciembre.
En el documento que el Gobierno buscaba ver aprobado también se extiende la "prohibición" que estableció al despido por causas objetivas, así como la suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad.
En el borrador del Gobierno, además, se recoge que los ERTE de fuerza mayor derivados del COVID-19 mantendrán su vigencia, mientras se mantengan restricciones que impidan o limiten la plena actividad de las empresas, entre estas las limitaciones a la movilidad, aforos y equivalentes, si bien se precisa que en todo caso la vigencia de los ERTE finalizará el 30 de septiembre.
De acuerdo con el borrador del Ejecutivo, las empresas y entidades afectadas por los ERTE deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada. Además no podrán realizar horas extraordinarias ni concertarse nuevas contrataciones si tienen algún trabajador afectado por un ERTE. "Dichas acciones podrán constituir infracciones en el ámbito social, en virtud de expediente incoado al efecto, en su caso, por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social", señala el Gobierno.
El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTEs (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 de septiembre (salvo las de los fijos-discontinuos, que serán de aplicación hasta el 31 de diciembre).
La regulación del Gobierno que comenzó a mediados de marzo a los ERTEs por fuerza mayor por el Covid-19 establece una exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores.
En el caso de los trabajadores que vuelvan a la actividad a partir del 1 de julio, la empresa se beneficiará de una exención de la cuota empresarial por dichos trabajadores del 60% en julio y del 50% en agosto y del 40% en septiembre en el supuesto de que a 29 de febrero de este año su plantilla fuera inferior a 50 trabajadores. Si contaba con más de 50 trabajadores a dicha fecha, la exención alcanzará el 35% en julio, el 25% en agosto y el 15% en septiembre.
Estos porcentajes son inferiores a los que se establecieron para la vuelta a la actividad en mayo y junio de los trabajadores en ERTE, ya que esas exoneraciones se movían entre el 45% y el 85% de la cotización empresarial, y ahora, para el periodo julio-septiembre, se sitúan entre el 15% y el 60%.