¿En qué impuestos tienen bonificaciones las personas con una discapacidad reconocida?

Una mujer con discapacidad junto a su asesor fiscal

En España, las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% pueden acceder a diversas bonificaciones y exenciones fiscales que buscan aliviar su carga tributaria y promover su integración social y económica. 

Es importante destacar que algunas de estas bonificaciones y exenciones pueden variar según la comunidad autónoma, ya que ciertas competencias fiscales están transferidas. Por ello, es recomendable consultar la normativa específica vigente de cada región y, en caso necesario, buscar asesoramiento profesional para sacar el máximo provecho a los beneficios fiscales disponibles.

Además, no hay que olvidar cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos para acceder a estas ventajas fiscales, como la acreditación oficial del grado de discapacidad y la presentación de la documentación pertinente ante las autoridades fiscales correspondientes.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El IRPF contempla varias deducciones y exenciones para personas con discapacidad:

  • Mínimo personal y familiar incrementado: El mínimo personal se incrementa en función del grado de discapacidad, lo que reduce la base imponible y, por ende, la cuota a pagar. Para una discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%, el incremento es de 3.000 euros; si el grado es igual o superior al 65%, el incremento asciende a 9.000 euros. 
  • Deducciones por familiares con discapacidad a cargo: Se establecen deducciones de hasta 1.200 euros anuales por cada ascendiente, descendiente o cónyuge con discapacidad a cargo. 
  • Exención de determinadas prestaciones: Están exentas las prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, así como las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de Clases Pasivas, siempre que impidan totalmente al perceptor cualquier ocupación laboral. 

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Las personas con discapacidad pueden aprovechar para aplicar tipos reducidos de IVA en la adquisición de ciertos bienes y servicios:

  • Compra de vehículos: Se aplica un tipo reducido del 4% en la adquisición de vehículos nuevos destinados al uso exclusivo de personas con movilidad reducida, siempre que no se haya adquirido otro en los cuatro años anteriores, salvo en casos de siniestro total. 
  • Adaptación de vehículos: Las prestaciones de servicios para la adaptación de vehículos a las necesidades de las personas con discapacidad también disfrutan de un tipo reducido de IVA. 
  • Productos ortopédicos y sanitarios: Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad están sujetos a tipos reducidos de IVA. 

Impuesto de Matriculación

Las personas con discapacidad están exentas del pago de este impuesto en la primera matriculación de vehículos destinados a su uso exclusivo, siempre que no se haya beneficiado de esta exención en los cuatro años anteriores, salvo en casos de siniestro total. 

Impuesto de Circulación

Los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo pueden estar exentos del pago de este impuesto, dependiendo de la normativa municipal. Es recomendable consultar con el ayuntamiento correspondiente para conocer las condiciones específicas. 

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

En este impuesto, las personas con discapacidad pueden acceder a reducciones en la base imponible:

  • Reducciones por adquisiciones "mortis causa": Las personas con discapacidad pueden aplicar una reducción en la base imponible que varía según el grado de discapacidad y la comunidad autónoma, lo que disminuye la carga tributaria en herencias. 
  • Reducciones por donaciones: También se contemplan reducciones en donaciones recibidas por personas con discapacidad, con cuantías que dependen del grado de discapacidad y la normativa autonómica. 

Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

Las personas con discapacidad que perciban rentas sujetas a este impuesto pueden beneficiarse de exenciones similares a las del IRPF, siempre que acrediten su grado de discapacidad y cumplan con los requisitos establecidos. 

En resumidas cuentas, el sistema tributario español ofrece diversas bonificaciones y exenciones en múltiples impuestos para las personas con una discapacidad reconocida, con el objetivo de facilitar su integración y aliviar su carga fiscal. Conocer y aprovechar estos beneficios puede contribuir significativamente al bienestar económico de las personas con discapacidad y sus familias.