El Gobierno quiere acabar con la práctica abusiva de las comercializadoras energéticas de electricidad y gas. Para ello propone prohibir la contratación del suministro a través del teléfono, según la iniciativa del Ministerio para la Transición Ecológica. La única salvedad es si el usuario es el que contacta con la empresa por esta vía.
La iniciativa es parte de la propuesta de Reglamento General de Suministro y Contratación, presente en un Real Decreto que está actualmente en trámite de audiencia pública para poner fin a "la posibilidad de que los comercializadores puedan realizar publicidad y contratación del suministro vía telefónica, salvo que exista una petición expresa por parte del consumidor o la llamada sea originada por su propia iniciativa”, según ha adelantado El País.
Así aparece recogido en el artículo 13 del Real Decreto que plantea un nuevo escenario para las comercializadora de gas y electricidad y en defensa de los consumidores, muchas veces víctimas de condiciones que muchas veces no entienden o que no quedan debidamente acreditadas por el canal usado, en este caso el teléfono.
En el último informe de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia que recoge las "numerosas reclamaciones de consumidores por supuestas ofertas telefónicas engañosas" que reciben de diferentes comercializadores de estos servicios.
Por una lado, el consumidor no ha dado su consentimiento para recibir estas llamadas, pero al mismo tiempo, accede a las "contrataciones del suministro con deficiencias o sin un consentimiento informado del consumidor".
En ese sentido va el Real Decreto impulsado desde el ministerio que dirige Teresa Ribera al proponer prohibir la contratación telefónica excepto si es por iniciativa del usuario el que contacta con la empresa por esta vía. De esta manera se busca "evitar estas malas prácticas para la captación de clientes".
El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico establecerá que en caso de que el cliente llame a la compañía para contratar un servicio "el comercializador deberá grabar la totalidad de la llamada, independientemente de quién la origine, incluyendo toda la información facilitada al consumidor y, en su caso, la información precontractual con las características básicas de la oferta".
La vigente Ley General de Telecomunicaciones de junio de 2022 ya regulaba el derecho del usuario a “no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial”, salvo en los casos en que el consumidor diera su consentimiento para ello, "este no debería recibir comunicaciones telefónicas comerciales de ningún tipo”, según el artículo 66 de la norma.
La ley, sin embargo, no prohíbe la contratación telefónica, resquicio del que se aprovechan las comercializadoras de gas y luz y siguen con la práctica de llamar a los usuarios para hacerse publicidad con nuevas ofertas y contratar el suministro.
El documento, que ha sido trasladada a las partes interesadas, está en la fase de presentación de alegaciones hasta el 13 de septiembre.
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