Renta 2023: ¿Cómo hacer la declaración de padres separados con custodia compartida?

La vida puede cambiar mucho en cuestión de poco tiempo y esos cambios afectan a muchos más aspectos de los que pueda parecernos en un primer momento. Parece que una separación matrimonial afecta en lo emocional, cambia la vida de muchas maneras posibles, pero también puede afectar en lo económico y a la hora de hacer la declaración de la renta. 

Es necesario comunicar a Hacienda los cambios en la situación familiar y personal, así sucede en caso de boda o si se tiene un hijo, pero también si hay una separación durante el ejercicio para el cual se presentará la declaración de la renta.

¿Cómo hacer la declaración de padres separados con custodia compartida?

En general, en casos de separación con hijos, uno de los progenitores puede hacer la declaración conjunta con los hijos, algo que permite algunas deducciones. Cuando la custodia es compartida, cualquiera de los dos puede hacer la declaración conjunta, por lo que no es raro que los padres se turnen un año cada uno para incluir a los hijos. 

El otro deberá hacerla de manera individual, porque no pueden incluirlos ambos, nadie puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. Escoger quién incluye a los hijos suele requerir llegar a un acuerdo entre las partes, por lo que si no se es capaz de acordar nada, es mejor que ninguno los incluya, si lo hacen ambos, podría ser motivo de investigación por parte de Hacienda. Si solo uno de los dos progenitores trabaja, lo habitual es que sea este quien los incluya. 

Así, tal y como hemos visto, en caso de custodia compartida, la tributación conjunta es algo de lo que se puede beneficiar solo uno de los progenitores, por lo que el otro tendrá que realizar la suya de manera individual. Al ser una custodia compartida, se entiende que los menores pasan el mismo tiempo con cada uno de los progenitores, por lo  que ambos contribuyen de igual manera a su mantenimiento, de ahí que lo más habitual (y también lo que parece más justo) sea turnarse e incluirlos un año cada uno. 

Que solo uno de ellos pueda presentar la declaración conjunta con el hijo menor de edad, o mayor de edad incapacitado, no quiere decir que el otro no pueda aplicar el mínimo por descendientes. Este mínimo es la cantidad que Hacienda considera imprescindible para cubrir las necesidades de los hijos y está exenta de tributar por el IRPF. Ese mínimo se aplicaría al 50% para cada uno. 

La única excepción a esos casos es que el descendiente tenga rentas superiores a 1.800 euros, en ese caso, solo el progenitor que presente la declaración conjunta podrá aplicarse el mínimo por él. 

También se podrá aplicar la deducción por familia numerosa en ambos casos, aunque hay otros casos que solo se puede aplicar el que haga la declaración conjunta, como las deducciones por gastos educativos que permiten algunas comunidades autónomas. De ellas solo se beneficia quien incluya a los hijos en la declaración. 

Evidentemente, incluir a los hijos en la declaración un año no quiere decir que siempre tenga que ser así, como ya hemos señalado, lo más habitual es que los progenitores se turnen y así cada año se beneficia uno de ellos.