Quienes comprasen un coche entre 2006 y 2013 y estén entre los afectados por el 'cártel de coches' aún pueden pedir indemnización

  • Desde la OCU nos confirman que los afectados por el 'cártel de coches' pueden reclamar una indemnización hasta 2026

  • Quienes comprasen un coche nuevo entre 2006 y 2013 y estén afectados pueden ser indemnizados con más del 10% del precio que pagaron por el vehículo

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Fue en julio de 2015 cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) confirmaba que consideraba “probada” la existencia de un ‘cártel de coches’ que intercambió información con el objetivo de fijar criterios y añadir sobrecostes a la venta y postventa de vehículos entre los años 2006 y 2013. La CNMC estimó que inflaron los precios en torno a un 10% respecto al precio real, y hoy los consumidores afectados por estas “prácticas anticompetitivas” siguen a tiempo de reclamar y exigir indemnizaciones, como nos han confirmado desde la OCU.

“Los afectados pueden seguir reclamando” porque, según una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), “el plazo de prescripción es de cinco años y finaliza entre abril y diciembre de 2026, dependiendo de la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo que resolvía los diferentes recursos de las marcas contra la sanción de la CNMC”.

En total, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia multó a 21 fabricantes, 172 concesionarios y 2 consultoras, tras lo cual no han dejado de producirse demandas y sentencias del Tribunal Supremo confirmando las multas y dando paso a las reclamaciones de los distintos afectados.

De este modo, quienes comprasen un vehículo nuevo entre 2006 y 2013 y hayan sido afectadas por este cártel de coches, --entre los que encontramos una amplia lista de marcas implicadas--,  pueden actuar para efectuar una demanda contra ello y reclamar una indemnización que oscila entre el 10% y el 15% del precio de compra del vehículo.

Además, a ese respecto, cabe puntualizar que también quienes hayan adquirido el coche a través de métodos de financiación como el ‘leasing’ se ven afectados y pueden reclamar igualmente: “Al final es un arrendamiento financiero que se establece sobre un precio de adquisición, considerando que ese importe también ha estado afectado por el cártel”, señalan a Informativos Telecinco desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

¿Qué pasos debería dar un afectado para demandar y pedir indemnización?

Si compramos un coche entre 2006 y 2013 lo primero que primero que deberíamos hacer es comprobar si estamos verdaderamente afectados por el cártel de coches. Es decir, el consumidor “debería comprobar si ha adquirido su vehículo dentro del periodo cartelizado”, teniendo además en cuenta que “cada fabricante participó en el cártel en un periodo distinto”.

Para facilitar las cosas, precisamente la OCU tiene una calculadora a través de la cual, tras completar un breve y sencillo formulario, podemos conocer si estamos afectados por esta situación y estas “prácticas anticompetitivas” que se realizaron.

Concesionarios de BMW, Citroën, Chevrolet, Chrysler, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Kia, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Toyota, VW Audi o Volvo fueron sancionados, por lo que emplear esta calculadora facilita el primer paso.

Lo siguiente a realizar, en segundo lugar, es “reunir la documentación necesaria para acreditar la titularidad del vehículo, así como la fecha y el precio de compra”. Es fundamental contar con todos los documentos posibles para demostrar que fuimos afectados.

Tras ello, en tercer lugar, el afectado “necesitará hacerse con un informe pericial que cuantifique el perjuicio sufrido por el pacto de precios.”

Por último, quedaría “preparar y presentar la demanda, con abogado y procurador”.

‘No al pacto de precios’: la OCU ayuda a los afectados por el ‘cártel de coches’

Frente a todo este proceso, organizaciones como la OCU cuentan con servicios de ayuda y apoyo a los afectados, con condiciones ventajosas para acompañarlos en este litigio.

Concretamente, han llevado a cabo una “acción colectiva de resarcimiento de daños en defensa de los compradores de vehículos afectados por estos acuerdos contrarios a la competencia”, y ayudan a recuperar “más del 10%” de lo pagado por el coche.

Además, el usuario solo tendrá que pagar los honorarios si el resultado es favorable: “En OCU no solicitamos provisión de fondos. Los honorarios solo se devengarán en caso de éxito de la acción y si hay condena en costas, el afectado no tendrá que asumirlas”, nos explican.

Además, “en caso de ser socio los honorarios ascienden al 17% y en caso de no ser socio a un 25%, todo ello, más IVA, en ambos casos”.

Por su parte, asociaciones como la Agrupación de Afectados por el Cártel del Coche (AACC), también ofrecen servicios para ayudar a los afectados con un equipo técnico legal para reclamar y obtener la indemnización.

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