En el contexto económico actual, las ayudas financieras gubernamentales se han convertido en un pilar esencial para sostener a muchas personas que se enfrentan a diversas adversidades económicas. Una de estas ayudas es la proporcionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en España, que ofrece una prestación de 400 euros a aquellos en situaciones de necesidad.
Por otro lado estarían los planes de pensiones, que representan una opción de ahorro a largo plazo pero que, en determinadas circunstancias, pueden ser rescatados anticipadamente para obtener una liquidez inmediata. Surge entonces la inquietud: ¿el rescate del plan de pensiones puede afectar la recepción de la ayuda del SEPE?
El SEPE establece una serie de criterios en su normativa que deben cumplirse para ser beneficiario de sus ayudas. Entre ellos, por supuesto, se evalúa la situación económica del solicitante. Por lo tanto, cualquier incremento en los ingresos puede ser motivo de revisión y, potencialmente, de cese de la citada ayuda.
Ahí es donde entran los planes de pensiones, que son productos financieros diseñados para sostener al beneficiario económicamente cuando llega la jubilación. Sin embargo, existen circunstancias excepcionales en las que se permite el rescate anticipado, como es el caso del desempleo de larga duración o la aparición de una enfermedad grave.
Si es nuestro caso debemos tener en cuenta varios factores. Al rescatar un plan de pensiones, los fondos recibidos se consideran ingresos, lo cual puede afectar la elegibilidad para la ayuda del SEPE según los criterios que se han venido aplicando hasta febrero de 2023. La cantidad rescatada podría, en efecto, superar los límites de ingresos máximos establecidos por el SEPE y, por ende, resultar en la pérdida de la ayuda. Este límite total es el 75% del SMI.
Sin embargo, a principio de 2023 el Tribunal Supremo dictó sentencia afirmando que el cobro del plan de pensiones es compatible con el subsidio para mayores de 52 años y que ese capital no debería tenerse en cuenta a la hora de establecer la renta del beneficiario. Esto contradice lo que se venía aplicando, ya que el tribunal supremo considera que no es un aumento de patrimonio, sino que se rescata dinero que ya pertenecía al titular. Por tanto lo único que se hace con el rescata es transformar nuestro patrimonio de un plan de pensiones a dinero líquido.
Eso sí, el cobro del plan de pensiones computa para el cálculo del IRPF, que sería un segundo pagador influyendo también en la obligación de realizar la declaración de la renta. Además hay que tener en cuenta que cuanto más dinero rescatemos, más dinero tendremos que pagar en la declaración por él.
La interacción entre las ayudas del SEPE y el rescate anticipado de los planes de pensiones es una cuestión compleja que requiere una comprensión profunda de la normativa vigente en España. Aunque hasta hace bien poco no eran compatibles, una reciente sentencia del tribunal supremo dictamina que sí lo son, y se pueden simultanear la ayuda y el rescate. Otro asunto es la forma en que tributa este rescate de cara al IRPF y la declaración de la renta, ya que también afecta a estas.