El Tribunal Constitucional (TC) avala el impuesto a las grandes fortunas, que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a los 3 millones de euros, al rechazar el recurso interpuesto por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid.
La mayoría del Pleno ha aprobado por 7 votos contra 4 la ponencia redactada por la magistrada del ala progresista María Luisa Balaguer, la cual sostiene que la creación de dicho impuesto no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas en materia fiscal.
En esa línea, de hecho subraya que las facultades autonómicas no pueden interpretarse hasta el punto de neutralizar las estatales.
Por su parte, el Ejecutivo de Díaz-Ayuso defendía en su impugnación que el nuevo tributo podría vulnerar, entre otros, los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad, así como la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas, pero el Constitucional ha desestimado los argumentos. Considera que no hubo fraude en la tramitación parlamentaria ni ninguna de las vulneraciones alegadas.
Más allá de Madrid, también han impugnado este nuevo impuesto los gobiernos de Andalucía, Galicia y Murcia. Tanto el Ejecutivo madrileño como la Junta pidieron que se suspendiera cautelarmente la aplicación del tributo, pero el Constitucional lo denegó.
La decisión adoptada este miércoles por el TC tiene lugar 10 meses después de que el Senado aprobase el impuesto. La medida fue incluida vía enmienda en el Congreso por PSOE y Unidas Podemos en la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes temporales a empresas energéticas y banca.
La iniciativa contó con el respaldo de 139 senadores, 107 votos en contra y 12 abstenciones. El impuesto avalado por el Constitucional es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios de entre 5,3 y 10,6 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.