Tener una buena visión es indispensable a la hora de conducir. Cuando alguien se encuentra al volante, debe tener una visibilidad clara y perfecta para no poner en riesgo a sí mismo, a los ocupantes de su vehículo y al resto de usuarios de la vía.
En el caso de las personas que padezcan algún problema de visión, es obligatorio el uso de lentillas o gafas. De hecho, la Dirección General de Tráfico es muy estricta con este tipo de casos que pueden poner en peligro a los demás usuarios.
El hecho de requerir uno de estos utensilios y no llevarlos a la hora de conducir, supone una falta grave de tráfico que puede ser sancionada con 200 euros de multa. Sin mencionar que los agentes de tráfico tienen un método para detectar aquellos conductores que necesitan gafas y lentillas.
Ya sea que se haya sufrido un accidente o si el conductor es detenido en un control rutinario en carretera, los agentes solicitan la documentación del vehículo y el carnet de conducir. Con tan solo mirar la parte trasera de la licencia, más concretamente en el punto 12, encuentran la clave de todo.
Si ven la numeración “01.01” el agente sabe de inmediato que el conductor debe llevar gafas. En el caso de las personas que usan lentillas, el código es “01.02”. Asimismo, si se intercambian los accesorios, por ejemplo, se lleva lentillas cuando el carnet refleje el uso de gafas, es motivo de multa.
El único caso en el que el conductor puede llevar indistintamente gafas y lentillas es cuando el código sea el “01.06”.
Asimismo, si las condiciones de visión cambian, se deben actualizar los datos del carnet de conducir para evitar sanciones. Para ello, se debe hacer un examen psicotécnico homologado que cambie la información reflejada en la licencia para que esta coincida a la perfección con las capacidades reales del conductor.