La alarma social ante el movimiento okupa se mantiene a pesar de que el Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior haya contabilizado un descenso en las okupaciones de un 11 % en el primer trimestre de 2023 –3.898 infracciones penales frente a las 4.385 de ese mismo periodo en 2022–. Por ello, algunos propietarios recurren a los llamados seguros anti okupas ya que son necesarios algunos requisitos para el desalojo de estos intrusos.
Los continuos casos que aparecen en los medios de comunicación están llevando a los propietarios de inmuebles desocupados o con una baja ocupación a tomar medidas para protegerse de cualquier intruso. En estos casos, lo más habitual es contratar un sistema de alarma que cuente con el soporte de una central receptora de avisos para que contacte con las fuerzas y cuerpos de seguridad lo antes posible. Pero no es la única vía que se está empleando. Algunos de esos propietarios también contratan seguros anti okupas.
En este sentido cabe señalar que no hay seguros específicos contra okupas, sino que se trata de seguros de hogar o de protección jurídica a los que se añaden cláusulas que resultan muy útiles en caso de que se produzca una ocupación no autorizada del inmueble –no solo afecta a viviendas, sino a cualquier tipo de local susceptible de ser okupado–. Sea como fuere, los propietarios de viviendas a las que no suelen acudir o que tienen deshabitadas se fijan en este tipo de seguros para aumentar la protección.
Cuando el dueño de un inmueble se dispone a contratar un seguro que le cubra frente a una posible okupación ha de tener presente que no todos proporcionan las mismas coberturas. Los hay que cubren los gastos generados por los desperfectos causados y otros que no. Por lo tanto, la primera decisión que deberá tomar es elegir aquella póliza que mejor se ajuste a las características de su vivienda y a sus necesidades personales.
Dicho esto, existen algunas preguntas habituales sobre los seguros anti okupas: