La campaña de la Renta 2022 entra en sus últimas semanas con la opción de presentarla por tres vías diferentes: telemáticamente –desde el pasado 11 de abril–, por teléfono –desde el 3 de mayo mediante el “Plan Le Llamamos”– y de manera presencial –durante el mes de junio–.
Así pues, los contribuyentes que aún no hayan hecho la declaración, todavía tienen la oportunidad de llevar a cabo este trámite anual hasta el próximo 29 de junio, momento en el que se dará por finalizado el plazo convenido para este año.
Para realizar la declaración vía internet no hay ningún tipo de restricción. De hecho en la sede electrónica de la Agencia Tributaria es posible obtener el borrador que después se puede presentar en caso de que todos los datos sean correctos. Sin embargo, en el caso de preferir la opción telefónica o la presencial, sí que existen algunas limitaciones que conviene tener en cuenta.
En primer lugar, no se podrá hacer la declaración si no se ha solicitado una cita previa. Este paso se puede hacer a través de la web o llamando por teléfono. Una vez que se tiene la cita, el contribuyente debe disponer de toda la documentación necesaria para elaborar la declaración de la renta de 2022, pues de lo contrario, los funcionarios encargados de prestar su ayuda no podrán completar el trabajo.
Como acabamos de apuntar, cualquier persona puede solicitar una cita telefónica o presencial, aunque hay ocasiones en las que eso no servirá de nada, ya que algunos contribuyentes no podrán llevar a cabo este trámite mediante estas modalidades.
Tal y como podemos leer en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, existen algunas excepciones que impiden a algunos contribuyentes hacer la declaración por teléfono o en las oficinas de Hacienda. Son las siguientes:
Si se da alguno de estos casos, no será posible realizar la declaración de la renta ni llamando al teléfono de la Agencia Tributaria ni personándose en sus oficinas. En este caso solo se puede optar por la vía telemática, por lo que si un contribuyente no tiene los conocimientos necesarios para hacerlo por su cuenta, deberá contratar a un experto o a una gestoría para presentar la declaración a través de la página web de Hacienda.
Asimismo, puede guiarse por el “Asistente virtual de Renta” que puso en marcha la Agencia Tributaria para complementar al “Informador” y ofrecer así una mejor resolución a las principales dudas que surgen a la hora de confeccionar la declaración. Este nuevo asistente permite al contribuyente realizar preguntas con lenguaje natural para obtener la respuesta que necesita.