Una vez que un trabajador se jubila o prejubila, tiene la posibilidad de volver a trabajar a tiempo parcial, de manera que mantiene algunos de los ingresos que recibe como pensionista.
Esta modalidad es denominada jubilación flexible y, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ofrece la “posibilidad de compatibilizar, una vez causada, la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial, dentro de los límites de jornada a que se refiere el artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores, con la consecuente minoración de aquélla en proporción inversa a la reducción aplicable a la jornada de trabajo del pensionista, en relación a la de un trabajador a tiempo completo comparable”.
En cuanto a la reducción de jornada que le corresponde a la jubilación flexible, va de un mínimo del 25 % a un máximo del 50 %. Por lo tanto, si la jornada laboral de un empleo concreto se prolonga durante ocho horas, un pensionista con jubilación flexible podrá trabajar entre cuatro y seis horas, según estipule el contrato que firme.
Para responder a esta cuestión habría que preguntar a cada persona que opta por esta modalidad, ya que las razones pueden ser muy diversas. No obstante, puede que el pensionista quiera obtener mayores ingresos que los correspondientes a su pensión, o también existe la posibilidad de que desee seguir trabajando porque le guste su ocupación o se siga sintiendo útil. Sea como fuere, la opción existe, siempre y cuando se cumplan los requisitos fundamentales: reducir el contrato entre un 25 % y un 50 %, no trabajar por cuenta propia ni en el sector público, y cotizar como cualquier otro trabajador.
Además, “la pensión de jubilación flexible será incompatible con las pensiones de incapacidad permanente que pudieran corresponder por la actividad desarrollada, con posterioridad al reconocimiento de la pensión de jubilación, cualquiera que sea el Régimen en que se causen aquéllas”, explica la web del ministerio, donde además se asegura que este tipo de jubilación sí que es compatible con las “prestaciones de incapacidad temporal o de maternidad derivadas de la actividad efectuada a tiempo parcial”.
Una vez que tenemos claro qué es la jubilación flexible y que pueden optar a ella todas las personas que ya se hayan jubilado o prejubilado, es el momento de preguntarse cómo influirá ese periodo de empleo a tiempo parcial en la pensión que se reciba una vez que concluya.
En este punto, las reglas también están muy claras. Se calculará nuevamente la base reguladora teniendo en cuenta las nuevas cotizaciones y las reglas que se encuentren vigentes en ese momento. Si se da el caso de que el importe de la base reguladora se reduce, se mantiene la anterior.
Cabe destacar que estas nuevas cotizaciones pueden llegar a disminuir o incluso suprimir el coeficiente reductor que se aplica en las jubilaciones anticipadas. De este modo, si un trabajador eligió esta vía y le quedó una pensión baja, puede aumentarla optando por una jubilación flexible.
Finalmente, hay que dejar claro que las personas que se encuentran en un régimen de jubilación flexible mantienen su condición de pensionistas y las consiguientes prestaciones sanitarias.