La Agencia Tributaria ofrece en su sede electrónica las fechas para confeccionar la declaración de la Renta 2022, las cuales deben tener presentes todos los ciudadanos que estén obligados a realizarla.
Desde el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023 se podrá realizar la presentación por Internet.
Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023 será el plazo para quienes deseen realizar este trámite por teléfono.
Finalmente, entre los días 1 y 30 de junio, la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de confeccionar la declaración de la Renta 2022 presencialmente en sus oficinas.
Cómo solicitar una cita previa
Tanto para la declaración por vía telefónica como para la presencial es necesario conseguir una cita previa para ser atendidos.
En el caso de la presentación por teléfono, es posible obtener dicha cita entre los días 3 de mayo y 29 de junio. Para ello hay que llamar a los siguientes números: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Si se desea una cita presencial en alguna de las oficinas, las fechas para solicitarla van desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio. Para ello habrá que llamar a los mismos teléfonos que en la anterior modalidad.
En la declaración de la Renta de 2022 se han introducido algunas novedades que los contribuyentes deben tener en cuenta con respecto al año pasado.
Los ciudadanos que tengan planes de pensiones privados tendrán la oportunidad de deducirlos, siempre que lleguen a los 1.500 euros anuales (el ejercicio pasado esa cifra se situaba en los 2.000 euros).
Por otra parte, cuando se trata de un plan de pensiones de empresa, el límite se ha incrementado de 8.000 a los 8.500 euros actuales.
Los asalariados que solo tengan un pagador y cuyos ingresos sean superiores a los 22.000 euros anuales.
Los asalariados con dos o más pagadores que superen unos ingresos anuales de 14.000 euros.
Las personas que hayan recibido el Ingreso Mínimo Vital.
Todos los trabajadores autónomos que hayan ingresado más de 1.000 euros a lo largo del año.
De cara a la declaración de la Renta 2023, habrá nuevos cambios que se recogerán en los Presupuestos Generales del Estado de 2023. Por un lado se aumenta el mínimo exento hasta los 15.000 euros. Y por otro se rebaja el IRPF a las rentas menores de 21.000 euros, mientras que este año esa cifra aún se sitúa en los 18.000 euros.
Cómo revisar y aceptar el Borrador de la Renta
Para revisar y aceptar el borrador de la Renta, debes seguir los siguientes pasos:
En la página principal, busca la opción de "Renta" o "Renta Web".
Introduce tu DNI y la casilla 505 de la declaración del año anterior para identificarte.
Si tienes un borrador disponible, la página te mostrará la opción de "Consultar borrador/declaración".
Revisa los datos del borrador para asegurarte de que todo está correcto. Si encuentras algún error, debes corregirlo.
Si estás conforme con el borrador, acepta los términos y condiciones y haz clic en el botón de "Confirmar borrador".
Si tienes que añadir alguna información adicional, puedes hacerlo en la opción "Modificar borrador". Una vez que hayas realizado las modificaciones, deberás confirmar el borrador.
Si tienes que pagar impuestos, la página te dará la opción de pagarlos online o en la cuenta bancaria que hayas añadido en el borrador.
Una vez hayas confirmado el borrador, la Agencia Tributaria te enviará un mensaje de confirmación por correo electrónico o por SMS.
Es importante revisar detalladamente el borrador antes de aceptarlo ya que, en caso de errores o imprecisiones, podrías estar pagando más impuestos de los que deberías o incluso podrías tener problemas con la Agencia Tributaria.