Las ayudas y subsidios que hay que tributar en la declaración de la Renta 2022

El cheque de 200 euros o las cuantiosas becas de estudios, entre otras medidas, son algunas de las prestaciones que ofrece el Gobierno español a sus ciudadanos más desfavorecidos. Pero una de las mayores sorpresas que se llevan los beneficiarios de estas prestaciones llega al momento de realizar la declaración de la Renta. Por ello, es importante conocer cuáles se deben declarar a Hacienda. En efecto, de acuerdo con la Agencia Tributaria, la mayoría de las ayudas tributan y, por lo tanto, afectarán al ejercicio de la Declaración del siguiente año.

La norma general, dicta que las subvenciones o ayudas son ganancias patrimoniales y, en el caso de los autónomos, rendimientos de la actividad económica. Por lo tanto, estas se deben tributar a efectos del IRPF -Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas- y por ende en la declaración de la Renta. Las ayudas y subsidios pueden tener distinta consideración y tributan de manera diferente.

¿Qué ayudas están clasificadas como rendimientos de trabajo?

Según la ley, algunas ayudas se clasifican como rendimientos de trabajo. Su tratamiento fiscal es más ventajoso ya que disfrutan de reducciones que no son aplicables sobre las ganancias patrimoniales. Así mismo, el volumen de rentas que determina la obligación de declarar es más elevado.

Los rendimientos de trabajo disfrutan de una reducción de 2.000 euros en concepto de "Otros gastos" y de una reducción adicional de hasta 5.565 euros si los rendimientos netos (después de gastos) son inferiores a 16.825 euros. Sin embargo, estas reducciones no son aplicables sobre las ganancias patrimoniales. El volumen de rentas a obtener, que además determina la obligación de declarar, es más elevado si estas se clasifican como "rendimientos" en lugar de como "ganancias patrimoniales". Así, tienen la consideración de rendimientos de trabajo:

  • Las becas que no estén exentas.
  • Ayudas concedidas para promover el empleo.
  • Ayudas públicas para la adquisición de material escolar como, por ejemplo, material didáctico o libros de texto.
  • Ayudas públicas para comedor escolar.
  • Ayudas para el transporte escolar.
  • Prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad, desempleo, jubilación, enfermedad, viudedad, accidente o similares.
  • Cheques guardería que ofrecen algunas comunidades.
  • Ayudas de Integración y Emergencia Social, destinadas a sufragar gastos de alimentos, luz y agua.

¿Cuáles son las ayudas de ganancia patrimonial que se deben declarar?

En cambio, las ganancias patrimoniales son aquellas subvenciones públicas destinadas a particulares. Por ejemplo, las concedidas por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual o las ayudas públicas para la instalación de rampas o ascensores, aunque se instalen para mejorar la movilidad. Se clasifican como ganancia patrimonial los siguientes subsidios:

  • Las ayudas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual o el acondicionamiento de casas rurales.
  • Las subvenciones destinadas a la adquisición de determinados activos, como el Plan Renove por la compra de vehículos.
  • Las ayudas directas para sufragar los costes del alquiler de la vivienda.
  • Los subsidios del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (Plan PIVE).
  • Ayudas públicas para el pago del IBI.
  • Ayudas para la instalación de ascensores y rampas.
  • Ayudas que persiguen el objetivo de compensar los gastos escolares.
  • Ayudas de turismo.
  • Ayudas para compensar determinados gastos relacionados con la protección de la salud.

Las prestaciones que reciben el personal de actividades económicas de ayuntamientos y comunidades autónomas puede tener tanto la denominación de actividad como de ganancia patrimonial. Depende del destino de la subvención o ayuda. Si están relacionadas con una actividad económica deberán tributar dentro de la misma. Sin embargo, en caso contrario, formarán parte de las ganancias y pérdidas patrimoniales.