¿Se puede cobrar una parte de la nómina en especie?

  • El salario puede estar compuesto por distintos elementos, incluyendo el salario en especie: existen normas que regulan esta posibilidad

  • Vales de comida o tickets restaurante, cheque guardería o acciones de la empresa son algunos de los pagos en especie más frecuentes

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La forma más habitual en que se paga a los trabajadores como retribución a cambio de su labor en la empresa es el salario en forma de dinero: cada mes (aunque pueden existir distintas periodicidades, como quincenal o diaria) recibimos en nuestra cuenta bancaria el salario acordado con la empresa, una vez restados los impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan en cada caso. Sin embargo, no se trata de la única forma de retribuir a los empleados: el salario es especie existe y puede adoptar formas muy distintas. Además, del lado del trabajador, algunas formas de pago en especie nos gustan más que otras. Toma nota de cómo cobrar una parte de la nómina en especie.

¿Se puede cobrar una parte de la nómina en especie?

Aunque lo mas habitual es recibir un salario fijo cada mes, existen otras formas de pagar a los trabajadores. En concreto, el salario fijo es el dinero acordado para todos los periodos (generalmente mensual), sin estar sujeto a rendimiento ni logros, sino al tiempo dedicado para un mismo puesto. Tal y como explica Fundación Adecco, también existe el salario mixto, que es "similar al salario fijo, pero combina la cantidad fija acordada por tiempo de trabajo, con las variables relacionadas a la cantidad de trabajo realizada (rendimiento)".

Además, nos encontramos con el salario en especie, que se refiere a los pagos que no son en dinero. Es el caso de los tickets restaurante, transporte, formación e incluso alojamiento en algunos casos.

De hecho, muchas empresas ofrecen planes de retribución a sus empleados, de forma que éstos puedan ahorrar en su declaración de la renta. Tal y como explica Bankinter, las retribuciones en especie son un tipo de pago que, en lugar de hacerse de forma dineraria, se realiza a través del uso, consumo u obtención de bienes o servicios de forma gratuita o precio reducido. En esta categoría entran también ofertas para empleados o la concesión de préstamos con un tipo de interés menor.

Eso sí, existen ciertos límites legales que la empresa debe respetar: las retribuciones en especie no pueden superar el 30 por ciento de las retribuciones salariales. La buena noticia es que el uso de este tipo de salario supone beneficios fiscales, y, aunque formalmente se trata de rendimientos del trabajo, algunos de ellos están exentos de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre con el límite del 30 por ciento señalado.

Estos son algunos ejemplos de retribución en especie:

  • Tickets restaurante. Este tipo de instrumento está exento de tributar hasta un límite de 11 euros diarios, utilizados en establecimientos de hostelería.
  • Servicio de transporte colectivo de viajeros. Determinadas empresas ofrecen a sus trabajadores servicio de transporte, algo que se considera pago en especie y que evita al empleado tener que desplazarse por su cuenta (y a su coste) hasta el lugar de trabajo, Este tipo de pago en especie está exento de tributar hasta un límite de 1.500 euros anuales.
  • Cheque guardería. En este caso, la totalidad del cheque guardería se encuentra exento en el IRPF, con independencia de su importe. 
  • Acciones o participaciones en la empresa. También es frecuente ofrecer al trabajador acciones o participaciones en la empresa, de forma que éste pueda participar en el reparto de beneficios y tomar partido en el éxito empresarial. Este tipo de pago en especie está exento de tributar hasta los 12.000 euros. Sin embargo, para que se aplique la exención es necesario que este reparto se lleve a cabo en las mismas condiciones para todos los trabajadores, que estos títulos se mantengan 3 años y que la participación no supere el 5 por ciento.
  • Formación para trabajadores. El dinero invertido en formación y reciclaje del personal empleado se encuentra exento siempre que sea exigible para el desarrollo de sus actividades. En caso de que la empresa ofrezca servicios de educación preescolar, infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional para los hijos de los empleados, con carácter gratuito o por precio inferior al de mercado, también se tratará de aportaciones exentas.
  • Seguros para los trabajadores. Los seguros de empresa para cubrir accidentes laborales, en materia de responsabilidad civil o seguros de salud para los trabajadores también se encuentran exentos, incluyendo la parte que corresponda a cónyuge y descendientes, siempre que no se excedan determinados límites.
  • Aportaciones a planes de pensiones. Las empresas también suelen ofrecer este tipo de incentivo, para el que existen determinados límites a la cantidad exenta.

Por último, según el último informe 'Infoempleo' de Adecco, los tipos de retribución en especie más valorados son, por este orden, seguro médico, dietas y desplazamientos (kilometraje, manutención, etc.), formación externa, planes de pensiones, ticket restaurante, coche de empresa, cesta de Navidad, ticket para transporte público, acciones o participaciones en la empresa, y ticket guardería o guardería de empresa.