El descanso es necesario y por eso los días de vacaciones son tan esperados por los trabajadores, porque los fines de semana son estupendos para poder disfrutar de actividades de ocio y pequeñas escapadas, pero cuando queremos desconectar de verdad, es necesario juntar unos cuantos días extra, que mucha gente planea con mimo y ganas.
Esto es posible porque mientras trabajamos, generamos días de vacaciones que nos corresponde cogernos y el propio Estatuto de los Trabajadores establece que "en ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales". El convenio colectivo puede mejorar esto, pero nunca empeorarlo.
Los días naturales incluyen también sábados y domingos, los días laborables, por otra parte, hacen referencia solo a aquellos que no son festivos, es decir, que si no tuviéramos las vacaciones, tendríamos que trabajarlos con normalidad. Treinta días naturales de vacaciones equivaldría a 22 días laborables al año.
Las cuentas son sencillas cuando llevamos ya un tiempo trabajando en el mismo lugar y ni la empresa ni el trabajador tienen intención de cambiar esto. Si se ha trabajado el año completo, se pueden disfrutar esos 22 días laborables que, como hemos dicho, equivaldrían a los treinta días naturales que señala el estatuto de los trabajadores.
Las cosas son un poco diferentes cuando el trabajador ha comenzado sus funciones en la empresa hace menos tiempo y, por tanto, no le ha dado tiempo a generar el total de los días señalados. Habrá que prorratear los días de vacaciones que corresponden por mes trabajado.
Esta es una cuenta muy sencilla, que podremos hacer nosotros mismos, aunque en internet se pueden encontrar calculadoras especiales para ello. Para saber cuantos días de vacaciones se han generado por cada mes trabajado, solo es necesario dividir el número de días totales que corresponden de vacaciones al año, entre los doce meses que tiene el año. Daría un total de 2,5 días naturales o 1,8 días laborables por cada mes trabajado.
Así, tanto el trabajador como la empresa solo tendrán que multiplicar esos días obtenidos por el tiempo que se lleva colaborando para poder saber los días de vacaciones que le corresponden. Si el trabajador ha estado cuatro meses trabajando, habrá generado 10 días naturales o 7,2 laborables. En cuestión de decimales, en general, si este es superior a cinco, se suele redondear al alza y si es inferior, a la baja.
Además, el Estatuto de los Trabajadores establece que estos días serán los mismos para los trabajadores que tengan contratos de media jornada, es decir, no por trabajar menos horas diarias les corresponden menos días de vacaciones, serán también treinta días naturales, es decir, 22 días laborables.
Unos días necesarios para poder despejar la mente, viajar, descubrir nuevos rincones o no hacer absolutamente nada, pues cada cual sabe la mejor manera de disfrutar de su tiempo de ocio y las vacaciones están precisamente para eso, para coger fuerzas y encarar el resto del año con energía.