Han llegado los 67, o lo que es lo mismo: te queda mucho tiempo por delante para dedicarlo a proyectos personales y poder disfrutar de ese ‘merecido descanso’ que viene con la jubilación.
Solicitar la pensión es uno de los trámites más importantes en la vida de quienes pasan de ser fuerza laboral activa a disfrutar de una prestación ganada a pulso durante todos los años cotizados en su carrera profesional. Es un momento de ciertos nervios. La mayoría decide coger el toro por los cuernos: solicitan cita presencial en la Seguridad Social (afortunados los que lo logran al primer intento) e inician el proceso para obtener la pensión que les corresponde.
No es la única vía, ni mucho menos. Como casi todos los que se incluyen en el catálogo de gestiones telemáticas, este trámite puede realizarlo en nuestro nombre cualquier persona a la que hayamos autorizado, siempre que siga los cauces establecidos por la Seguridad Social.
Bien sea porque la tecnología no sea lo nuestro y la gestión telemática de la pensión contributiva nos parezca un fastidio burocrático innecesario, bien porque queramos delegar esta solicitud en otra persona que pueda actuar en nuestro nombre (un gestor, por ejemplo, o un familiar directo), lo cierto es que la Seguridad Social contempla la posibilidad de que sea otro el que solicite la pensión por nosotros.
De hecho, la entidad ha creado un portal específico para que sean esos ‘terceros’ los que reúnan y presenten la documentación necesaria para que sea su representado el que obtenga la pensión; todo ello, sin necesidad de pasar por el notario o registrarse como apoderados, algo que sería engorroso para familiares directos como hijos, nietos, hermanos o parejas.
Para que nuestro representante pueda iniciar el trámite solo tendremos que concederle autorización a través de un enlace vía SMS. El proceso no es especialmente complicado. Eso sí, al ser telemático, la persona que nos va a representar tiene que tener certificado digital o Cl@ve, además de haber registrado su teléfono en la base de datos de la Seguridad Social.
El proceso es muy sencillo.
La Seguridad Social también pone a disposición de los interesados un modelo de solicitud de representación normalizado, en el que se deben incluir los datos del futuro pensionista y de la persona en la que delega (nombre, DNI y firma del otorgante y del representante. Es un documento base que también sirve para delegar la gestión de otros trámites: auxilio por defunción, incapacidad permanente, viudedad, nacimiento y cuidado del menor, orfandad, ingreso mínimo vital y asistencia sanitaria.
Además, se deberá anexar copia del DNI de ambas partes a la solicitud.
Como indican en el modelo oficial de la Seguridad Social, delegar también implica que el representante tendrá potestad para presentar “documentación complementaria, alegaciones y reclamación previa contra la resolución inicial de la solicitud formulada por el representante, así como la recepción por el representante de comunicaciones informativas relativas al trámite de la solicitud. Las notificaciones formales que el Instituto Nacional de la Seguridad Social emita en relación con dicha solicitud se remitirán exclusivamente al interesado”.