¿Cómo notificar el fallecimiento de un pensionista en la Seguridad Social?

Cuando alguien muere, hay una lista de trámites obligatorios que pueden resultar incómodos y tremendamente difíciles de gestionar para sus familiares directos. Por desgracia, la parte burocrática de nuestra existencia no se detiene en los momentos de duelo. Es importante dejarlo todo atado para evitar problemas.

Semanas después llegan todos los trámites funerarios, la apertura del testamento y gestión la herencia. Además, hay que llevar el certificado de defunción al registro civil, cancelar multitud de contratos, gestionar la declaración de impuestos de la persona que ha fallecido y notificar este hecho al banco, a la compañía de seguros y a la Seguridad Social.

Cómo informar a la Seguridad Social de la muerte de un pensionista

La normativa es muy clara a este respecto, y así lo explica la entidad en algunas de sus campañas informativas. Cuando se produce un cambio económico o laboral de importancia en nuestra situación o modificamos ciertos datos (cambio de domicilio, estado civil) hemos de comunicarlo inmediatamente a nuestra entidad gestora. En el caso de un pensionista que ha fallecido, serán sus familiares directos los que se encarguen. Tienen hasta 30 días naturales para comunicar la muerte.

La manera más sencilla de comunicar la defunción es telemáticamente, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En este caso, el papeleo no es excesivo. La entidad no solicitará informes de prestaciones o de vida laboral, tan solo será necesario proporcionarle el certificado de defunción para que se inicien el proceso. Este documento acredita la muerte y solo puede ser firmado por un médico.

Existe también la opción de solicitar cita previa en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social e informar de la muerte de forma presencial.

El escenario es algo distinto para los pensionistas que residen fuera de España. Normalmente, estas personas presentan una vez al año un comprobante en el que certifican estar vivos. Para comunicar la muerte de un pensionista residente en el extranjero hay que dirigirse a la consejería laboral de la embajada de España del país de residencia, o bien a la Dirección Provincial de la SS encargada de gestionar su pensión de jubilación.

¿Qué sucede con la pensión contributiva de alguien que ha muerto?

La Seguridad Social explica que, en los casos de personas fallecidas, se abonará la pensión del mes completo, sin importar la fecha en la que el hecho trágico haya tenido lugar. En cuanto a la paga extraordinaria, también se genera derecho a recibirla. Se abonará en proporción a los meses pasados desde que se recibió la última hasta el día del fallecimiento.

Con los derechos de la persona fallecida y sus familiares directos también llegan las obligaciones. Cobrar la pensión de alguien que ha muerto y ocultarlo es un delito. “Las personas que, por acción u omisión hayan contribuido a posibilitar dichas percepciones o hayan percibido indebidamente prestaciones de la Seguridad Social”, indica el INSS, “responderán subsidiariamente y tendrán la tienen la obligación de reintegrar su importe”.