¿Cómo heredar de un desconocido?
Hay ocasiones en las que se puede acceder a una herencia que, en principio, no nos correspondía
Son casos muy puntuales, en los que el fallecido no tiene herederos ni deja testamento
¿Se puede reclamar una herencia ya repartida?
Es el argumento de algunas películas, una persona recibe una herencia inesperada de algún familiar lejano que le ha incluido en su testamento o un desconocido y su vida cambia por completo. En el mundo real, las cosas no son así, pero también es posible heredar de un desconocido, alguien con quien no tenemos lazos familiares ni de amistad, por lo menos si se dan las circunstancias adecuadas para ello.
¿Puedo heredar de un desconocido?
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Lo más habitual es que las personas que fallecen tengan herederos que reciban sus posesiones, familiares que serán quienes, en caso de aceptar la herencia, tomen posesión de sus bienes. También es bastante frecuente que exista un testamento en el que queden constancia de las voluntades del fallecido con respecto al reparto de la herencia.
No obstante, hay ocasiones en las que el fallecido no ha dejado testamento y no existen herederos (no hay hijos, padres, cónyuges, hermanos, sobrinos, tíos ni primos). En este caso el heredero es el Estado.
Será el Estado el que se encargue de repartir los bienes, siempre y cuando esto llegue a su conocimiento, algo que no siempre sucede. En este reparto, una tercera parte de la herencia va destinada a instituciones radicadas en el municipio del difunto dedicadas a beneficencia, actividades sociales o profesionales, ya sean públicas o privadas. Otro tercio se dedica a instituciones de este tipo, pero a nivel provincial, y el tercio restante para cancelar la deuda pública del país.
Es precisamente a una parte de este último tercio a la que se puede acceder si se informa a la Administración de la existencia de un patrimonio sin herederos legítimos.
Para que esto suceda es necesario estar muy bien informado. Quienes conozcan el fallecimiento de una persona sin herederos y que en vida no haya hecho testamento, podrán denunciar el fallecimiento a la Administración, haciendo valer sus derechos como heredero. De esta forma se tendrá derecho a recibir un 10% de este último tercio señalado, que iría al Estado y destinado a saldar la deuda. Esto sería una suerte de incentivo para que la gente denuncie estos casos de herencias sin herederos, que en ocasiones pasan desapercibidos, dejando millones de euros por adjudicar.
Para poder informar de ello, es necesario no solo tener conocimiento de los bienes del fallecido, también saber que no tenía familiares de hasta cuarto grado. En caso de que luego se demuestre que sí los tenía, quien hace la denuncia no recibirá recompensa.
En la Delegación de Hacienda de la provincia en que el fallecido ha tenido su último domicilio, habrá que presentar un escrito, así como la documentación pertinente, como el certificado de defunción o una lista con los bienes de los que esa persona era propietario en vida. Después, Hacienda investigará si existe algún tipo de heredero, algo que suele ser lo más frecuente. En caso de no haber ninguno, el informador recibirá la recompensa, pero esta suele tardar en llegar varios años.
La búsqueda de herederos funciona en ambos sentidos, los profesionales se encargan de buscar a los posibles herederos de un fallecido, pero también un ‘posible heredero’ puede encargar la búsqueda de un pariente lejano si se desconoce dónde se le puede encontrar.