El Ayuntamiento de Almería, a través del Área de Cultura, Tradiciones y Fiestas Mayores, ha dado a conocer las bases por las que los artistas urbanos deberán obtener una autorización municipal mediante el pago de una tasa que les permita actuar en la calle dentro de un horario y en unos espacios definidos por el propio Consistorio.
Las bases aprobadas en la última junta de gobierno local, tiene como fin ordenar las autorizaciones municipales para la ocupación de la vía pública, con la finalidad de "promocionar la cultura" y las diferentes disciplinas susceptibles de autorización, así como la localización, horarios, intensidad y persistencia de dichas actividades.
En este sentido, se autorizarán este tipo de actividades en Puerta de Purchena, el Mercado Central, calle Reyes Católicos, en la Plaza de las Velas, en la Avenida Federico García Lorca, en el Paseo de Marítimo, en la Plaza de San Sebastián, en la Plaza Pablo Cazard, en la Plaza Juan Cassinello, en la Plaza Marqués de Heredia y en la Plaza Virgen del Mar; si bien las actuaciones grupales no serán posibles en todos los espacios.
A tal consideración, el Ayuntamiento distingue la solicitud de permisos "personales e intransferibles" en base a las distintas disciplinas: músico solista, artista individual de arte dramático, marionetas, estatua humana o mimos, artista individual de danza y baile o artista individual de malabares. En el caso de darse dichas disciplinas de forma grupal, no podrán superar los cinco miembros.
Conforme a las bases, avanzadas por 'Diario de Almería' y publicadas en la web del ayuntamiento los autorizados deberán respetar los accesos a viviendas, locales y salidas de emergencia, con una distancia mínima de tres metros y dentro de un horario, sin superar las dos horas de duración de cada espectáculo, dando una hora a grupos musicales, de danza, baile y malabares; una hora y media a solistas, teatro y marionetas y dos horas a estatuas humanas o mimos.
Desde el día 31 de octubre hasta el día 31 de marzo de cada año, el horario de mañana será 11,30 horas a 13,30 horas, y el horario de tarde será desde las 17,00 horas hasta las 19,00 horas. Desde el día 1 de abril hasta el día 30 de octubre, el horario de mañana será desde las 10,30 horas hasta las 12,30 horas, y el horario de tarde y noche será desde las 20,00 horas hasta las 23,00 horas.
Las restricciones municipales establecen que no se permite el uso de elementos de amplificación de sonido, o de cualquier instalación para el suministro de energía eléctrica, mientras que la percusión con el fin de "facilitar una base rítmica y de acompañamiento" queda limitada a un solo percusionista por agrupación para la Plaza de las Velas, Avenida Federico García Lorca, Paseo Marítimo, Plaza de San Sebastián, Plaza Pablo Cazard y Plaza Virgen del Mar.
Tampoco se permitirá el uso de animales durante las actuaciones artísticas, al igual que tampoco se permitirá el uso de expresiones violentas durante el desarrollo de la actividad. El autorizado no podrá solicitar retribución alguna al público asistente a la actividad.
Los artistas tendrán que estar en posesión de su autorización "en todo momento" con la finalidad de mostrarla en el supuesto de ser requerida por la autoridad municipal. Asimismo, deberán evitar obstaculizar el tránsito peatonal del espacio que se pretende ocupar.
Cada uno de los interesados autorizados tendrá un único precio en concepto de tasa de ocupación de vía pública, a ingresar mediante carta de pago en base a la ordenanza reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de ventas, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes, y rodajes cinematográficos, por metro cuadrado o fracción.
Según la Ordenanza Fiscal Número 28 del Ayuntamiento de Almería que regula dicha tasa, el pago por ocupación de la vía dependerá de la calle y puede oscilar entre los 0,33 céntimos diarios por metro cuadrado o fracción en el caso de una vía pública de cuarta categoría a 1,02 euros en el caso de una de primera categoría.
Los artistas que aspiren a obtener un permiso municipal deberán presentar sus solicitudes en el Área de Cultura con la identificación de cada uno de los participantes, una memoria descriptiva de la actividad que se pretende llevar a cabo y una declaración responsable y compromiso de hacer frente a los gastos que pudieran ocasionar la interpretación artística en cuanto a derechos de autor, debiendo igualmente aportar la autorización correspondiente por parte de la asociación o entidad competente.
Quienes quieran una solicitud para el primer semestre del año deberán presentar sus peticiones entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre del año anterior, mientras que para el segundo semestre del año, las solicitudes deberán presentarse a partir del día 1 de abril hasta el día 31 de mayo del año en curso.
Una vez finalizado el plazo de presentación, las solicitudes serán seleccionadas y estudiadas por una comisión. Solo se autorizará una actividad por solicitud, siempre y cuando sea viable técnicamente la instalación de los enseres para el desarrollo de la misma.
En el supuesto de existir un número mayor de solicitudes para cada una de las actividades propuestas y por cada uno de los emplazamientos postales de interés, se procederá a su adjudicación mediante el sistema de sorteo.
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