El TSJA confirma 20 años de cárcel para la mujer que encargó a un sicario matar a su marido

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 20 años y un día de cárcel para B.N.A.A., por encargar a un sicario el asesinato de su marido. Los hechos ocurrieron el 13 de agosto de 2021, cuando la mujer habló con D.V.G. para que acabase con la vida de su pareja a cambio de 1.000 euros. La víctima se encontraba sola en su cortijo de ‘Los Cabecicos’ de Huércal-Overa (Almería), lugar donde apareció con más de 30 puñaladas. La acusada señaló que solo quería darle un susto a su pareja.

El alto tribunal andaluz ha desestimado los recursos planteados por las defensas, encaminadas a revocar la decisión adoptada por un tribunal de jurado en la Audiencia Provincial de Almería, sin que se llegase a solicitar la nulidad del veredicto ni del juicio oral. La Sala ha señalado que se basan en pruebas objetivas. Ambos acusados fueron condenados por un delito de asesinato en el que la mujer concurre la agravante de parentesco. Sobre el fallo del TSJA cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La mujer argumentó que quería darle un susto a su pareja

El tribunal respalda los argumentos dados por el jurado para justificar que la mujer encargó la muerte de su marido en base no solo a los actos anteriores al crimen sino también por los hechos posteriores, ya que ambos acusados estuvieron en contacto telefónico permanente. Si el acusado le hubiese manifestado a ella que mató a su marido por alguna circunstancia no prevista, ella podría haberlo declarado así en juicio, "lo que habría podido dar soporte a una duda razonable. Pero no fue así".

Así, invalida la posibilidad de aplicar en su condena la atenuante de confesión por el hecho de que acudiera a la Guardia Civil antes de ser investigada. "Ofreció una versión que en buena parte era exculpatoria (buscaba dar un susto o escarmiento, pero no la muerte). Y en segundo lugar, no hay persistencia en la confesión, pues lo manifestado en el plenario aún se aleja más de ser veraz, al rebajar el encargo a una conversación para convencer, sin mencionar la finalidad de 'susto' o 'escarmiento', que sí denotarían al menos una agresión física", apunta.

Rechazan la defensa del sicario

Se rechazan los argumentos ofrecidos por la defensa del sicario, al entender que la prueba practicada demuestra que se produjo una agresión a la víctima en el cortijo que acabó con su vida. "La estrategia de defensa no se basó en el momento de la agresión, sino que se centró en que no hubo agresión y que la víctima estaba viva e indemne cuando el acusado se marchó del cortijo. Eso fue lo que el Jurado tenía que decidir", determina el tribunal.

El jurado consideró probado tras el juicio que la mujer encargó al amigo de la familia el asesinato de su marido, con el que la relación se había enfriado con el paso de los años. Ella sospechaba que el hombre tenía intención de divorciarse de ella para casarse con otra persona, según la acusada, con una de sus hijas fruto de una relación anterior. La mujer quedó con el sicario y le propuso acabar con su vida por 1.000 euros. Tras aceptar, los dos concretaron al día siguiente el modus operandi. La sentencia recoge que planear "la intención de darle un escarmiento consistente en darle muerte o al menos representándose tal posibilidad".

La mujer se aseguró que su marido estaba solo en el cortijo

La acusada hizo una llamada para asegurarse que su marido estaba solo en el cortijo y avisó al sicario de que tenía vía libre para actuar. Los informes sobre la posición de los teléfonos móviles, el registro de llamadas y la captación de imágenes por las cámaras de tráfico fueron determinantes para el jurado a la hora de emitir su veredicto. Después, el acusado "se abalanzó sobre con intención de causarle la muerte", para lo que le asestó múltiples puñaladas con un cuchillo de unos 12 centímetros de largo en el pecho, muslo derecho, brazos, mano derecha, cabeza y espalda.

Las heridas le ocasionaron la muerte en poco tiempo por la “violencia” del ataque. Sufrió dos puñaladas en el tórax que le produjo su muerte por shock hipovolémico. Así, rechazaron el argumento de que solo intentaba “lesionar” a la víctima para darle un susto. Partiendo del reconocimiento del pago de 1.000 euros -aunque alegase después que era para gasolina- y de la intención de darle muerte se considera probado el delito de asesinato planificado y bajo precio.

La mujer estuvo hablando por teléfono con el sicario tras el asesinato

La sentencia de origen recoge la ausencia de atenuantes pese a que la mujer acudió 19 días después del crimen a confesar los hechos ante la Guardia Civil dado que los investigadores habían estrechado ya el cerco sobre la familia. En su declaración, la mujer omitió que se ponía en contacto con el sicario "con el propósito de eludir su responsabilidad penal". "Dejó de colaborar con al justicia dificultando las tareas de investigación", señala.

El veredicto también rechazó la atenuante de anomalía psíquica sobre la mujer al no darse una alteración mental con suficiente contundencia que pudiera atenuar su responsabilidad penal. Y se rechazó la existencia de estímulos exteriores inmediatos que provocaran en la acusada una "obcecación" que le llevara a acometer los hechos.

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