La Audiencia de Alicante ha condenado a una mujer de 34 años a dos años de prisión por abusar sexualmente de un menor de 15 años en el edificio donde residía la abuela de este. La sentencia concreta que los hechos se produjeron en la primavera de 2022. El primer encuentro tuvo lugar entre finales de febrero y principios de marzo, cuando el menor procedía a abandonar el edificio tras visitar a su abuela y la acusada se dirigió hacia él para decirle que era "muy guapo". Según la resolución judicial, la encausada le preguntó si le daba un beso, a lo que el adolescente, que iba acompañado de su hermano pequeño, le contestó que no.
El 7 de abril, en torno a las 19.30 horas, la procesada abordó al menor en las escaleras del mismo inmueble y, de forma sorpresiva, “le dio un beso en la boca y comenzó a tocarle el pecho y sus partes íntimas por encima de la ropa”, hasta que el adolescente acabó huyendo y entró en casa de su abuela, a quien relató lo que le acababa de suceder, señala el fallo.
La encausada, natural de Guinea Ecuatorial, negó los hechos durante su declaración en el juicio y aseguró que, en realidad, había sido el menor quien se había dirigido a ella de manera despectiva por ser negra.
No obstante, el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Alicante que enjuició los hechos confiere credibilidad al testimonio del adolescente al considerar que fue verosímil y persistente desde el registro de la denuncia.
Así, apunta que en su relato fue preciso al señalar que, cuando la acusada le besó, le pidió que parase, después de recuperarse del estado de shock que le produjo que le abordaran. Y que, al llegar a casa de su abuela, le contó lo sucedido. Después, según declaró, fue esta quien acudió al domicilio de la acusada, en el mismo bloque, para pedir explicaciones sobre el suceso y mantuvo una discusión con ella y con su marido.
El tribunal considera que esa versión del menor también quedó corroborada por las declaraciones ofrecidas tanto por su madre y como por su abuela.
La sentencia incide en que el testimonio de las dos familiares de la víctima fueron concluyentes frente a las manifestaciones de la acusada y de su cónyuge, quien atribuyó la denuncia a una supuesta mala relación que la abuela del menor mantenía con ellos.
Al respecto, el tribunal indica que no existe constancia de ninguna evidencia de esa supuesta animadversión en forma de queja o denuncia, por lo que descarta que existiesen motivos espurios para acusar a la procesada.
Por todo ello, la Audiencia Provincial considera a la mujer responsable de un delito de abuso sexual sobre menor de 16 años, por lo que le impone una pena de dos años de prisión, además de la medida de alejamiento de un mínimo de 500 metros respecto de la víctima, con prohibición de comunicarse con él durante cuatro años.
También establece la medida de libertad vigilada por otros cinco años adicionales, así como la obligación de compensar a la víctima con mil euros.
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