Un hospital privado indemnizará con 420.000 euros a una paciente de l'Alfàs del Pi (Alicante), por daños de infección nosocomial ocasionados en una de sus piernas tras alcanzar un acuerdo indemnizatorio el centro hospitalario con la afectada.
La Asociación 'El Defensor del Paciente' ha informado en un comunicado que, tras un acuerdo entre las partes formalizado ante el juzgado de Primera Instancia nº35 de Madrid el 30 de octubre de 2023, la paciente recibirá dicha indemnización por mala praxis.
El caso, que ha sido llevado por el letrado Ignacio Martínez de la Asociación 'El Defensor del Paciente', comenzó en septiembre de 2018, cuando una vecina de 42 años de l'Alfàs del Pi (Alicante) sufrió un accidente de moto en el garaje de su casa, que provocó una fractura conminuta abierta de tibia.
Por ello, recibió asistencia de urgencias en un Hospital privado y fue posteriormente intervenida quirúrgicamente con la implantación de un clavo endomedular el 25 de septiembre de 2018. A los cuatro días de ser dada de alta, la paciente tuvo que reingresar por infección de la herida quirúrgica, con una evolución "muy tórpida" que requirió de múltiples cirugías posteriores.
Finalmente, esto ha provocado actualmente el resultado de "pierna catastrófica, con dismetría, pérdida de movilidad, perjuicio estético, incapacidad total para su profesión, dependencia para ciertos actos, dolor crónico y daños psicológicos", entre otras, según la asociación.
Por estos hechos, la paciente se dirigió a El Defensor del Paciente y el estudio pericial previo de la historia clínica determinó que la asistencia médica "había incurrido en actos contrarios a la lex artis médica".
En concreto, la entidad ha precisado que "no se había llevado a cabo el correcto tratamiento antibiótico, ni profiláctico ni terapéutico". Igualmente, ha añadido que "la técnica de la primera cirugía, con cerclajes en la tibia, fue errónea". "Además, una vez se diagnosticó la infección, no se llevó a cabo desde un primer momento --luego sí-- la retirada de material de osteosíntesis, lo que era imprescindible porque es en este dónde se acantonan los gérmenes", ha señalado.
Asimismo, la asociación ha apuntado que la infección era nosocomial, es decir, adquirida en el medio hospitalario y ha apuntado que, según la actual doctrina del Tribunal Supremo, ante estos casos "ha de operar una responsabilidad cuasi objetiva a favor del paciente".
Por ello, El Defensor del Paciente interpuso una demanda contra la aseguradora del Hospital --que no se identifica por compromiso de confidencialidad-- y, tras haberse tramitado todo el procedimiento, ambas partes han llegado al acuerdo de que se indemnice a la paciente en 420.000 euros por todos los conceptos.