Roberto Hernández y Davinia Muñoz han sido declarados culpables, la niña de 4 años e hija de la segunda que el 3 de agosto de 2017 murió en el Hospital Clínico Universitario de Valladolid tras recibir una brutal paliza y ser violada vaginal y analmente. Ambos se habían conocido por las redes sociales apenas un mes antes de la tragedia.
Las cuatro mujeres y cinco varones integrantes del jurado popular que ha emitido el veredicto tras responder a un extenso cuestionario de 138 preguntas han responsabilizado a los dos encausados de la muerte violenta de la pequeña, en el caso de Davinia por omisión. El jurado popular no se muestra favorable ni a la concesión del indulto ni a beneficios de condena condicional.
Roberto deberá responder por cuatro delitos de maltrato con lesión y de otro de maltrato habitual, aunque no ha sido considerado autor de otros otros dos delitos de lesiones de los que venían siendo acusado. En el caso de ella, amén de su responsabilidad por la muerte de su propia hija, ha sido acusada de tres delitos de maltrato con lesión y de otro de maltrato habitual, mientras que ha quedado libre de la agresión sexual padecida por Sara, del delito de abandono de la niña y de un total de tres delitos de maltrato con lesión.
Conocido el veredicto, el magistrado Feliciano Trebolle ha hecho un receso para que las partes puedan estudiar el mismo a los efectos de mantener o bien modificar las peticiones de condena de las acusaciones expuestas el último día, desde prisión permanente para ambos por asesinato hasta otras condenas, a mayores, de 24 años de cárcel para Roberto y 25 para Davinia, así como para que las defensas, que pedían la absolución, hicieran lo propio.
En concreto, Fiscalía, en su informe final emitido el pasado día 17 de mayo, reclamaba para ambos procesados prisión permanente revisable por el delito de asesinato, así como por el resto penas que suman para Roberto 24 años de cárcel y 25 para la progenitora de la pequeña, además de 15 años de libertad vigilada una vez salieran de la cárcel.
La acusación particular, en representación del padre biológico de la pequeña, única que pedía la absolución de Davinia, solicitaba también para el principal encausado prisión permanente revisable por asesinato y otros 24 años de cárcel por la comisión de otros ocho delitos.
Finalmente, la Asociación Clara Campoamor exoneró a los acusados del delito de lesiones relativo al golpe que la niña sufrió en la sien el 28 de julio--les pedía por él cinco años--pero mantuvo invariable el resto de su calificación, que incluye seis delitos de lesiones, con petición de un año por cada uno, otro de maltrato habitual por el que solicita tres años, uno de violación a menor de 16 años, con petición de 15 años más, y otro de asesinato, por el que interesa la prisión permanente revisable, además de otros 15 años de libertad vigilada una vez que recuperen la libertad.