Retiran la custodia a un padre en A Coruña porque al hijo lo cuidaban los abuelos
"Una cosa es pedir ayuda puntual y otra que sean los abuelos los que lo cuiden"
"Las funciones que le corresponden al padre son de obligado cumplimiento"
Desestima el recurso del padre que decía que ahora que estaba en el paro tenía más tiempo
Una pareja residente en A Coruña y con un hijo menor se separa y pacta repartirse la guarda y custodia de su hijo, así como la patria potestad. Posteriormente, la madre solicita que se le retire la custodia a su ex. Una sentencia del año 2018 le da la razón y le otorga a ella la custodia del menor en exclusiva. Ahora otra sentencia desestima el recurso del padre ante la modificación del régimen de custodia del menor. La sentencia deja claro el régimen de visitas para el padre, que incluye dos tardes a la semana, dos fines de semana completos al mes y el reparto al cincuenta por ciento de las vacaciones escolares, así como una pensión alimenticia de 200 euros mensuales. La razón: al niño le cuidaban más los abuelos que el padre. Y no eran un cuidado puntual.
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La sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, a la que ha tenido acceso Informativos Telecinco, señala que teniendo en cuenta el conjunto de pruebas aportadas ha quedado demostrado la desatención del padre respecto al cuidado hacia su hijo, ya que esas funciones las realizaban los abuelos paternos.
En la sentencia se deja claro que "una cosa es que en casos puntuales pueda verse obligado a pedir ayuda a los abuelos y otra que "sean éstos los que cuiden y se encarguen directamente de su nieto", puesto que "las funciones que le corresponden al padre son de obligado cumplimiento sin que pueda exonerarse de sus obligaciones por considerar que el menor está bien cuidado por los abuelos, lo cual no se pone en duda, pero es él que como padre debe cumplir con sus obligaciones y en el presente caso no lo hace".
La sentencia señala que esta circunstancia es corroborada asimismo por la prueba testifical y el informe emitido por el equipo psicosocial del Imelga. Se aprecia por lo tanto una modificación de medidas de custodia. El tribunal no ha tenido en cuenta la alegación de padre señalando que ahora que se encuentra en el paro tiene más tiempo para cuidar de su hijo.