La Comunidad de Madrid ha decidido ampliar las restricciones de movilidad a ocho nuevas zonas básicas de salud (ZBS) y cinco localidades, por lo que, a partir de hoy lunes un total de 18 zonas básicas de salud y cinco municipios de la región tendrán prohibida la entrada y la salida de ellas salvo por causas justificadas.
Debido al aumento de casos de coronavirus en distintos puntos de la región con una tasa por encima de 400 casos por 100.000 habitantes, a partir de hoy 4 de enero se limita la entrada y la salida por 14 días, hasta el lunes 18 de enero a las 00.00 horas, en las zonas básicas de Marqués de la Valdavia y AlcobendasChopera, en Alcobendas; Las Olivas y Aranjuez, en Aranjuez; San Fernando y Los Alperchines, en San Fernando de Henares; Virgen del Cortijo, en el distrito de Hortaleza de Madrid capital; y la zona básica de Torrelodones, que afecta a los municipios de Torrelodones y Hoyo de Manzanares.
Asimismo, la Dirección General de Salud Pública establece restricciones de entrada y salida en el perímetro de cinco localidades concretas que no coinciden con el de una zona básica, por estar más localizados los focos de transmisión: Ciempozuelos, Navalcarnero, Algete, Mejorada del Campo y Villarejo de Salvanés.
Además, la Consejería de Sanidad continúa con las restricciones de movilidad, durante siete días más, es decir, hasta las 00.00 horas del lunes 11 de enero, en la ZBS de La Moraleja, en Alcobendas; en Andrés Mellado, en el distrito de Chamberí, y Sanchinarro, en Hortaleza, ambas en Madrid capital; en las zonas de Felipe II y Alcalde Bartolomé González, en Móstoles; y en la de Getafe Norte, en Getafe.
Al mismo tiempo, se mantiene la vigencia de las limitaciones por 14 días, desde el pasado 28 de diciembre y hasta el lunes 11 de enero a las 00.00 horas, en la ZBS de Aravaca, en el distrito de Moncloa-Aravaca y la ZBS de General Moscardó, en el distrito de Tetuán, ambas en Madrid capital; así como en las ZBS de Reyes Católicos y V Centenario, que se encuentran en San Sebastián de los Reyes.
Movilidad el día de Reyes
En estos núcleos de población solo se puede entrar y salir por motivos justificados, y los ciudadanos pueden desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros del área afectada.
Para el día de Reyes, el 6 de enero, no habrá restricción de movilidad de entrada y salida en estos núcleos de población. Para controlar el cumplimiento de estas limitaciones continúan operativos los dispositivos de colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
En este sentido, el consejero de Sanidad ha hecho un llamamiento a Delegación de Gobierno y los ayuntamientos afectados para que colaboren activamente en el seguimiento y control del cumplimiento de las limitaciones.
En estas zonas el aforo en los lugares de culto se fija en un máximo de un tercio. En los velatorios podrán congregarse un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y diez en el caso de tratarse de lugares cerrados. Los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región, por regla general al 50%.
Estas medidas, no obstante, se acompañan de un refuerzo de la prestación asistencial y de la vigilancia epidemiológica en estos núcleos de población, intensificando la detección activa de casos y contactos estrechos mediante un incremento en la realización de pruebas diagnósticas.
También se potencia la colaboración con los municipios para el desarrollo de acciones conjuntas de información y mediación con la población vulnerable a través de los dispositivos socio-asistenciales; y se procede a la notificación y control del cumplimiento de aislamientos y cuarentenas con el apoyo de la Policía Local y otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto de Estado de alarma se ha establecido, además, la limitación de movimiento entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria.
Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.
En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no pueden iniciar la actividad antes de las 06.00 horas y deben cerrar a las 22.00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables.
Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio pueden cerrar a las 00.00 horas. Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, está fijada la reducción de los aforos en toda la región al 50%. Además, está suspendido el servicio en barra.
Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center), las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formación no reglada, también al 75%.
Además, está restringida la entrada y salida de la Comunidad de Madrid hasta el 6 de enero incluido, salvo para desplazamientos a domicilios de familiares y allegados.