El juez que investiga la muerte de una niña de dos años en un hospital comarcal de la localidad castellonense de Vinaroz en noviembre de 2018, ha acordado continuar la causa contra dos enfermeras de dicho centro por incurrir en un delito de homicidio por imprudencia tras una negligencia en la administración del suero.
Ariadna Cano, una niña de 20 meses murió el 13 de noviembre de 2018 tras ser atendida por un cuadro de vómitos en el Hospital Comarcal de Vinaròs. Al parecer, la bebé recibió una dosis letal de glucosa por vía intravenosa como resultado de una cadena de errores de los sanitarios según recoge El País.
La facultativa que la atendió, le prescribió suero salino y glucosa diluida en unas cantidades determinadas. Sin embargo, la enfermera interpretó mal las anotaciones y preparó dos viales de 100 mililitros de glucosa concentrada, "un cóctel potencialmente mortal" según el auto del juez.
Tras el cambio de turno, la segunda enfermera que atendió a la niña mantuvo la pauta incorrecta que la anterior había dejado anotada, a pesar de "observar lo inusual de la administración que se estaba llevando a cabo", explica el juez.
La menor empezó a convulsionar y posteriormente sufrió varias hemorragias cerebrales que le acabarían causando la muerte.
Tras la investigación realizada, el juez ha concluido que las dos enfermeras actuaron "con absoluto desconocimiento de su lex artis" y de la "técnica y ciencia aplicable a su profesión". En cambio, ha archivado provisionalmente la causa para otros cuatro médicos investigados al no apreciar en su conducta indicios de criminalidad.
Señala que la primera médica que la atendió pautó el tratamiento correcto y que el resto de facultativos hicieron lo posible por revertir el mal estado de la bebé. Esto pese a que la conducta de los dos últimos facultativos que la atendieron "pudiera ser más que reprochable desde un punto de vista administrativo/profesional o incluso moral", pues una "rehusó aclarar a la enfermera las dudas que tenía en el tratamiento" y el otro, "tras entrar en el box y ver a la menor, no se molestó en comprobar la historia o si el tratamiento que se estaba administrando concordaba con el prescrito" recoge el mismo medio.
La resolución fija un plazo de diez días para que la Fiscalía y el resto de acusaciones formulen escrito de acusación y soliciten la apertura de juicio oral o pidan, por el contrario, el sobreseimiento de las actuaciones.