El uso obligatorio de la mascarilla ha llegado para quedarse en España por un tiempo ante la pandemia por coronavirus. Las comunidades autónomas, con excepción de las islas Canarias, han impuesto durante las últimas semanas esta norma, y violarla acarreará sanción. Sin embargo, como ante todas las denuncias, se podrá presentar alegaciones y recurrir.
Recurrir una sanción tendrá sentido si procede. Si la conducta incorrecta es evidente, lo mejor es que el infractor abone la sanción cuanto antes, de modo que obtenga una rebaja del 50% por pronto pago. Si se acude al recurso, se pierde este derecho.
Aunque siempre se puede recurrir una sanción, hay ocasiones en las que es más fácil que el recurso prospere, según los expertos. La reclamación podría seguir dos vías: la administrativa, y la judicial. Una vez se agota la primera, se puede continuar a la segunda.
Aquellos ciudadanos que hayan recibido la multa y quieran presentar alegaciones pueden hacerlo, junto con las pruebas del usuario, en un plazo de 15 días hábiles desde la emisión de la notificación. Estos escritos se pueden presentar en distintos edificios oficiales como la Delegación o la Subdelegación del Gobierno, oficinas de Correos y órganos de la Administración General del Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos y otras dependencias de ámbito municipal.
Entre las faltas leves, establecidas en el Real Decreto a nivel nacional, que comportan multas de 60 a 600 euros, figura incumplir la obligación del uso de mascarilla o hacer un uso inadecuado de la misma (la sanción máxima son 100 euros).
Entre las faltas graves, penadas de 601 a 30.000 euros y cierre del local hasta seis meses, se incluye incumplir las medidas de higiene de un local cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas. Los bufetes de abogados están recibiendo consultas e incluso comienzan a tramitar recursos. La nueva normalidad de las mascarillas.
El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha indicado que la sanción básica (sin reiteración) por no llevar mascarilla en Madrid rondará los 100 euros. "Nos ampararemos en la ley de Salud Pública, donde se establece un régimen sancionador", ha comentado.
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ya ha publicado la norma y la Policía Municipal velará por su cumplimiento. Todas las personas de seis años en adelante, recoge la orden, quedan obligadas al uso de mascarillas "en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad".
"En los medios de transporte aéreo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos no conviven en el mismo domicilio", se añade.
Desde que el Consejo de Gobierno extraordinario aprobase el uso obligatorio de mascarillas para prevenir los contagios de COVID-19 en La Rioja, agentes de la Policía Nacional de la Jefatura Superior de Policía de La Rioja han iniciado un dispositivo especial "para garantizar el uso de la mascarilla y dar cumplimiento a la nueva normativa al respecto en nuestra comunidad autónoma".
En un dispositivo especial iniciado desde el 14 de julio, se ha sancionado a más de 46 personas, en edades comprendidas entre los 20 y 40 años fundamentalmente siendo impuestas la gran mayoría en la tarde y madrugada y en calles del centro de Logroño, Riojaforum y en la Muralla del Revellín. En Granada y en Sevilla, Andalucía, tras varios días informando a los imprudentes, la Policía también comienza a sancionar a quienes no la llevan y a quienes la llevan mal.