Las mascarillas forman ya parte de nuestro día a día. Fundamentales para prevenir el contagio y luchar contra la pandemia del coronavirus, las autoridades sanitarias continúan insistiendo por activa y por pasiva en la necesidad y obligatoriedad de emplearlas para mantener controlada la transmisión del SARS-CoV-2.
La orden principal es clara: es obligatorio usar las mascarillas cuando viajamos en nuestro vehículo con una persona no conviviente. No hacerlo así, puede suponer una multa de 100 euros, sin retirada de puntos para el conductor. La misma sanción se aplica si dentro del coche hay más de cuatro personas.
Pero la DGT ha puntualizado que no multa ni quita puntos. "El uso de la mascarilla es una cuestión de salud pública. Por tanto, su no uso no es una infracción de Tráfico y no es sancionable por la DGT, ni con multas ni con puntos" precisa en una publicación que ha realizado a través de Twitter.
"No hay ningún artículo en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ni en los reglamentos que la desarrollan, que recojan que no llevarla, quitársela o demás acciones con la misma sea un precepto infractor y mucho menos que lleve aparejado la perdida de puntos" añade el organismo dirigido por Pere Navarro.
Si se contraviene esta norma -de carácter sanitario- los agentes podrán sancionarnos con una multa de 100 euros por cada ocupante que no la lleve puesta... pero siempre por cuestiones de salud pública y no por contravenir ninguna regla de tráfico.
Esto, concretamente, está recogido en el BOE en la ley 2/2021 del 29 de Marzo, donde se puede leer en 'uso obligatorio de mascarillas':
La normativa, no obstante, también contempla ciertas excepciones. Concretamente, en la citada ley 2/2021 del 29 de marzo se puede leer: