La Manada de Bilbao condenada gracias al vídeo de la agresión a más años que la manada de Pamplona
Colocaron a la víctima una bolsa de plástico en la cabeza
La sentencia añade pena porque se grabó un vídeo de los hechos
La joven estaba borracha y drogada y no era consciente de sus actos aunque dijo no
La Sección Sexta de la Audiencia vizcaína ha condenado a trece años de cárcel a cada uno de los tres acusados de la llamada 'Manada de Bilbao'. La condena es mayor que la que sufrieron los miembros de la Manada de Pamplona que fueron condenados a nueve años de cárcel provocando la indignación de la opinión pública. En este caso el vídeo captado en el lugar de los hechos ha sido clave.
Los hechos ocurrieron en un 'vending' del barrio bilbaíno de Solokoetxe en enero de 2017, y la sentencia les recrimina haber cometido los hechos en grupo. Han sido condenados los acusados a diez años por un delito contra la libertad sexual y a tres años delito de descubrimiento y revelación de secretos por hacer el vídeo de la agresión.
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La sentencia les considera autores de un delito de abuso sexual con acceso carnal, por el que les aplica la pena máxima y otro de descubrimiento o revelación de secreto al haber grabado la escena con el móvil y después difundirla en redes sociales. A uno de los acusados le impone medio año más de pena hasta los trece años y seis meses de prisión por entender que fue el autor del vídeo, que luego envió por whatsapp.
Colocaron a la víctima una bolsa de plástico en la cabeza
En la sentencia se describe que a la joven "la obligan mantener relaciones sexuales, por vía vaginal y anal, llegando a observarse en las imágenes cómo mantienen relaciones sexuales con la victima dos varones a la vez e incluso la colocan una bolsa de plástico en la cabeza. Igualmente de las diligencias de investigación practicadas se constata de manera indiciaria que dichas agresiones fueron grabadas, al parecer, por uno de los detenidos.
Además se certifica que la joven se encontraba con sus facultades muy afectadas y disminuidas por la ingesta de alcohol y otras sustancias toxicas en las horas precedentes a los hechos. En el reconocimiento médico forense de la víctima practicado el día 16 de enero de 2017 se constató que presentaba lesiones traumáticas, consistentes en hematoma en dorso de articulación rodilla derecha otro en el muslo izquierdo, erosiones en el codo derecho.
La sentencia señala que resulta probado y así se declara en la medianoche del 13 al 14 de enero de 2017,
la joven salió de fiesta con sus amigas y se dirigió a la discoteca Living de Bilbao. Allí consumió bebidas alcohólicas y fumó cannabis. La joven también tomó sustancias antidepresivas. El cóctel provocó que se besara y abrazara con cualquier persona que se le ponía delante; se tambaleaba; balbuceaba y era difícil entender lo que decía. De hecho la echaron del recinto. De hecho, solo vestía pantalón leginggs y una camiseta corta en el momento de abandonar la discoteca.
La víctima, que se subía los 'leggins' una y otra vez, despertó en un portal del barrio de Santutxu a la mañana siguiente y posteriormente acudió a la Ertzaintza a denunciar los hechos. Sólo recordaba 'flashes' de lo sucedido