Los hechos se remontan a otoño del pasado 2018. Fue entonces cuando el ahora absuelto de un delito de abuso sexual, que carecía de antecedentes penales, se aproximó a mediodía a una niña en las inmediaciones de un bar y le puso una mano en la bragueta. Después, se llevó a la niña a una zona cercana y colocó de nuevo su mano sobre los genitales, sobre la ropa, mientras se movía atrás y adelante con el objetivo de satisfacer sus deseos sexuales.
Por tales hechos, el hombre fue acusado de abusos sexuales, pero, por concurrir la circunstancia eximente completa de anomalía o alteración psíquica, ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Soria, encargada del caso.
De acuerdo a la sentencia al acusado le fue diagnosticado trastorno psicopatológico de evolución crónica o permanente y, en concreto, trastorno bipolar y discapacidad intelectual. Ello, esgrime la sentencia, anula sus capacidades volitivas y cognitivas del acusado para comprender la ilicitud del hecho.
El ministerio Fiscal y la defensa llegaron a un acuerdo tras el relato de los hechos, que, una vez probados, y con el citado diagnóstico, se han resuelto con la absolución del acusado, al que se ha impuesto la prohibición de acercamiento a menos de 30 metros de la niña y de su madre, así como se le prohíbe cualquier comunicación con ellas. Del mismo modo, y durante un periodo de tres años, el acusado se someterá a libertad vigilada. Además, deberá seguir tratamiento médico psiquiátrico externo y someterse a controles periódicos.