Abuso o agresión sexual. El código penal deja mucho espacio a la interpretación. El abuso pueden ser tocamientos, penetración o sexo oral sin el consentimiento de la víctima, y sin violencia o intimidación. La agresión sexual serían los mismos actos sexuales, pero con violencia o intimidación. Lo que conocemos como violación. Las penas de los abusos sexuales más graves serían entre 4 y 10 años de prisión. Los de la agresión sexual entre 4 y 15 años de cárcel. La clave de la sentencia de “La Manada” está en considerar abuso, y no agresión porque, según la sentencia, no hay violencia, ni hay intimidación, pero sí abuso continuado con superioridad numérica que pudo bloquear a la víctima. Una delgada línea que el Código Penal deja a la interpretación de los jueces.