Recibir una multa de tráfico supone siempre un mal trago, pero a veces la espera puede ser incluso más dolorosa que la notificación que nos confirme que, efectivamente, hemos cometido una infracción, y nos han pillado. Siempre existe la posibilidad de recurrir la decisión de la administración de que se trate (un ayuntamiento, la Dirección General de Tráfico, una comunidad autónoma...), aunque solo es recomendable hacerlo si verdaderamente tienes claro que se ha tratado de un error. Y es que optar por recurrir una multa impedirá que puedas beneficiarte del descuento del 50 por ciento por pronto pago. Para que puedas respirar tranquilo en caso de duda, toma nota de cuánto tarda en llegar una multa de tráfico de la DGT.
Las multas de tráfico procedentes de la DGT deben notificarse en un plazo que oscila entre los 3 y 6 meses en función de la gravedad de la infracción. Por tanto, si transcurre este plazo y no te hay llegado nada, podrás respirar tranquilo. La sanción habrá caducado y la Administración no podrá pedirte nada. Con todo, existen excepciones, como las multas por exceso de velocidad. En estos casos, los tiempos se reducen y estas multas suelen notificarse en un plazo de entre una y tres semanas.
Todo ello, claro está, cuando la sanción no te haya sido notificada en el momento de cometer la infracción. Por ejemplo, si has sobrepasado el límite de velocidad y un radar lo detecta, el plazo de una a tres semanas es el que deberás tener en mente. Si transcurre un mes y no tienes noticias, es probable que te hayas librado, y cuando se cumplan los 6 meses deberías respirar absolutamente tranquilo. Si finalmente llega la multa, siempre cabrá la posibilidad de recurrir.
En cuanto a cómo saber si tienes multas de tráfico con el margen de tiempo suficiente, ten en cuenta que controlar este tipo de notificaciones te permitirá no solo hacer frente a su pago aprovechándote del descuento del 50 por ciento que se ofrece en muchos casos, sino también recurrir si lo consideras conveniente. Además, ser consciente de la notificación de una multa te permitirá pagar dentro del plazo general establecido a tal efecto, evitando recargos y sanciones.
No hay que olvidar que, si dejas tus multas en el cajón del olvido, tu desconocimiento no implicará que los procedimientos queden parados ni que desaparezcan de cara a la Administración. Podría llegar un punto en que la propia Agencia Tributaria te haga llegar una diligencia de embargo que puede afectar a tu cuenta bancaria o a tus bienes.
Lo bueno es que consultar la existencia de alguna multa de tráfico es muy sencillo: si por cualquier motivo no se te ha podido notificar en tu domicilio una multa de tráfico (es posible que estés ausente, que hayas cambiado de dirección...), se publicará un edicto en un tablón de edictos electrónico TESTRA y también en el llamado Tablón Edictal Único del BOE (TEU), desde donde podrás consultar posibles infracciones.
La DGT recuerda que puedes consultar el tablón siempre que quieras con el fin de permanecer al corriente de las sanciones que puedan llegarte al infringir el reglamento de circulación, pero también existe la llamada Dirección Electrónica Vial, un servicio de notificación electrónica que te permitirá recibir en tu buzón electrónico cualquier notificación de este tipo una vez que te des de alta. Es la forma más sencilla de olvidarte de posibles incidencias si viajas mucho o si cambias de domicilio con frecuencia.
Al darte de alta en este servicio también podrás recibir un correo electrónico y un SMS cada vez que tengas una nueva multa. Pero cuidado: esta decisión sustituye a la notificación en domicilio, por lo que dejarás de recibir multas en tu casa. Eso sí, puedes darte de baja siempre que quieras y volver al sistema tradicional.