Un vendedor de cervezas ambulante es condenado a siete años de cárcel por violar a una joven en Madrid
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un vendedor de cervezas ambulante por violar a una joven en su piso de Madrid en 2018
El ahora condenado invitó a la víctima y un amigo suyo a cervezas, y bebieron en la azotea del edificio de la joven
La joven, tras irse su amigo, le dijo al vendedor que podía dormir en su azotea, pero este aprovechó a entrar en su casa y violarla
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a siete años de cárcel a un vendedor de cervezas ambulante por violar a una joven en su piso de Madrid en 2018, tras unirse a su grupo de amigos y seguirla hasta su vivienda. La joven no denunció los hechos hasta varios días después por miedo y vergüenza.
En la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia madrileña, según recoge EFE, los magistrados consideran probado que el acusado violó a la joven en octubre de 2018 tras vender cervezas a ella y a sus amigos en el centro de la capital y tras unirse a este grupo durante varias horas.
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Cuando la joven cogió un autobús hacia su casa junto a un amigo que vive cerca, el ahora condenado les siguió hasta su parada, les invitó a cervezas y los tres bebieron a la azotea del edificio de ella, hasta que el amigo de la joven se fue y ella, por pena, le dijo al acusado que se podía a quedar a dormir en la azotea solo, y que le subiría una manta.
El tribunal considera veraz y consistente el relato de la víctima
El acusado aprovechó para bajar hasta el piso de la chica, obligarla a entrar y agredirla sexualmente en el sofá, sin que la joven fuera capaz de gritar para alertar a sus compañeras de piso, según relata el tribunal, que considera veraz y consistente el relato de la chica, que no fue capaz de contar lo que había ocurrido a nadie hasta 15 días después, y de denunciar los hechos hasta un mes más tarde.
Así la Sala condena al procesado, de origen indio, a siete años de cárcel por un delito de violación previsto en los artículos 178 y 179 del Código Penal, a no comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 14 años, y a libertad vigilada durante siete años a partir de su salida de la cárcel.
También le condena a pagar 15.000 euros a la víctima por daños morales y detalla que no se sustituye la pena de cárcel por su expulsión del territorio español porque se trata de un delito grave por el que debe rendir cuentas en este país.
La víctima le recriminó que la hubiera forzado y le dijo que no la acosase yendo a las cercanías de su casa
Los magistrados argumentan que, a pesar de que el acusado aseguró en el juicio que la mujer consintió la relación sexual y destacó que luego siguieron intercambiado mensajes telefónicos durante varios días, su relato no es creíble porque no fue respaldado por ningún testigo, mientras que el de la víctima sí.
"No le resulta extraño al Tribunal que B. no consiguiese gritar para llamar la atención de sus compañeros de piso, que se encontraban durmiendo en otras estancias de la casa, pues, como se desprende de su declaración, es lógico que sufriese un impacto psicológico que la paralizase, al menos parcialmente, ante la inmediata y sorpresiva acometida sexual que el acusado realizó sobre ella, previa entrada no autorizada en su domicilio", detalla el fallo.
Observan los jueces que la víctima intercambió en los días siguientes a la agresión varios mensajes con el acusado sin mencionar lo ocurrido, pero luego ella le recriminó que la hubiera forzado y le dijo que no la acosase yendo a las cercanías de su casa, por lo que el procesado reconoció lo que hizo y le pidió perdón.