'Cláusulas Covid’ a tener en cuenta para reservar estas vacaciones

  • Antes de reservar tus vacaciones de verano es importante leer la letra pequeña para evitar perder dinero en caso de cancelación

  • Contratar un seguro de viaje parece más necesario que nunca

  • Respecto a las ofertas, los viajeros tienen los mismos derechos de siempre

Las vacaciones de verano están a la vuelta de la esquina y miles de españoles han comenzado a reservar las suyas, especialmente dentro de España. Aunque, en principio, factores como la buena marcha de las distintas campañas de vacunación permiten augurar unas vacaciones menos estrictas que las del pasado 2020, también es cierto que sigue siendo posible que se produzcan situaciones inesperadas que puedan provocar una cancelación. Por eso es importante tener en cuenta determinadas ‘cláusulas Covid’ en los contratos relacionados con las vacaciones de verano.

‘Cláusulas Covid’ al reservar tus vacaciones de verano 2021

Es un hecho que todo es posible este verano: si bien todo apunta hacia un acercamiento a la normalidad, es posible que se produzcan situaciones que tejen desprotegido al consumidor en cuanto a sus reservas relacionada con las vacaciones. Por eso hay que conocer las distintas ‘cláusulas Covid’ aplicables a los contratos vacacionales.

En este sentido, desde el Ministerio de Consumo se ha instado a que las empresas (agencias, hoteles…), compañías aéreas y de transportes, así como operadoras, a flexibilizar sus condiciones con respecto a las cancelaciones por motivo de las restricciones, algo a lo que la mayoría de ellas han accedido, ofreciendo el reembolso del importe abonado en caso de cancelación por esa causa.

Así, tal y como recuerda Legálitas, con carácter general, si la cancelación es por causa de la empresa u operadora, no hay lugar a dudas en que el consumidor tiene derecho al reembolso de la cantidad que haya abonado por su viaje. En caso de que sea el consumidor quien cancele el viaje, habrá que distinguir en función del caso:

  • Si se trata de la cancelación de un hotel, la regla general es que, si no podemos ir a nuestro hotel reservado porque se ha puesto la zona en cuarentena o nuestra zona se encuentra confinada y se prohíbe viajar y ello ha sido de forma imprevista, deberíamos tener el derecho al reembolso, o bien a un bono sustitutorio. Si esas condiciones ya existían en el momento de reservar, habrá que atender a las condiciones generales de contratación.
  • En el caso de cancelaciones de vuelos, la mayoría de las compañías aéreas ofrecen el reembolso en caso de cancelación del viaje siempre que sea por motivo de la Covid-19. Eso sí, tal y como ocurre en la contratación de hoteles, habrá que "comprobar las condiciones generales de contratación para evitar sorpresas". Sin embargo, si un país nos impone algún tipo de restricción a la entrada, la compañía aérea es responsable de que no podamos entrar en el país o tengamos que pasar varios días en cuarentena en el país. Si es la compañía sea la que cancela el vuelo, tendrás derecho al reembolso del billete.
  • En caso de cancelación de un viaje combinado (viaje en el que se contratan dos o más servicios, como alojamiento y transporte, de forma conjunta), se aplica la misma lógica que en los dos casos anteriores.

En todos los casos anteriores, "una solución para evitar sorpresas a la hora de cancelar sería la contratación de un seguro de viaje que incluya la devolución de los importes abonados si se cancela el viaje por cualquier motivo”, tal y como explica este despacho de abogados. Con respecto a las demás condiciones del viaje, los consumidores siguen teniendo los mismos derechos, por lo que si alguna de los servicios ofertados o contratados no se cumplen o son defectuosos podremos reclamar ante las Oficinas de Consumo, AESA, o Dirección General de Turismo.