Piden 12 años de cárcel para un hombre por abusar de su hijastra, de 14 años, y hacerle creer que eran pareja
El fiscal ha destacado la "desigualdad total" de edad entre el acusado y la menor
Se aprovechó del parentesco e hizo creer a la menor que eran pareja
El agresor está acusado de un delito continuado de abuso sexual
La Audiencia de Girona ha juzgado este martes a un vecino de esta ciudad 45 años acusado de abusar de forma continuada de su hijastra menor de edad y hacerle creer que eran pareja, por lo que el fiscal reclama una condena de 12 años de cárcel.
La petición de pena del ministerio público se argumenta en la consideración de que el procesado, de origen filipino, es autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años -la víctima tenía 14- con prevalencia de la relación de parentesco y de superioridad.
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A los 12 años de cárcel se le suma una petición de 10 años de libertad vigilada, que no se acerque a menos de 500 metros de la agredida y que la indemnice con 10.000 euros.
La defensa pide la absolución, porque “no hay ninguna prueba de cargo” y, alternativamente en caso de condena, solicita que se apliquen un atenuante de confesión, ya que el día de la detención del acusado reconoció los hechos a los Mossos, a pesar que después lo ha negado, y otro de reparación del daño, puesto que paga el alquiler del piso donde viven la madre y las dos niñas.
Según el escrito de acusación de la fiscalía, el acusado y la progenitora de la menor eran pareja sentimental desde 2016 y convivían con la hija de ambos, de un año, y con la otra de la mujer.
En abril de 2018, cuando esa menor tenía 14 años y el procesado 42, éste se aprovechó de la relación de parentesco y le hizo creer a la víctima que eran pareja sentimental con el fin de mantener relaciones sexuales.
El caso se destapó el 3 de mayo de 2018 cuando la madre denunció los abusos y tanto ella como la víctima han asegurado ante el juez que no recordaban nada y han evitado ratificar las distintas declaraciones previas.
En su informe final, el fiscal ha destacado la "desigualdad total" de edad entre el acusado y la menor y que ésta se ha amparado en esa falta de memoria para no perjudicar al procesado.