La DGT inicia una campaña de control de velocidad para reducir los accidentes
Víctimas de accidentes participan en la campaña junto a los agentes
La DGT ha invitado a comunidades y ayuntamientos a sumarse a la campaña
La campaña estará vigente entre los días 12 y 18 de julio
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha este lunes una campaña de vigilancia y control de la velocidad con el objetivo de reducir la accidentalidad y ha advertido de que esta infracción está presente en el 23 % de los accidentes mortales.
En un comunicado, la DGT ha alertado de que en 2019 -último año con datos consolidados- más de 300 personas fallecieron en accidentes en los que la velocidad fue uno de los factores concurrentes.
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Por eso, ha anunciado la puesta en marcha de una nueva campaña de vigilancia y control de la velocidad, entre los días 12 y 18 de julio, con el objetivo de reducir la accidentalidad.
Durante los 7 días se controlarán especialmente aquellos tramos de riesgo asociado a la velocidad, así como aquellos puntos donde ésta supera el límite establecido y existe un elevado índice de siniestralidad.
Dado el carácter preventivo de la campaña, se anunciará a los conductores la existencia de controles, bien a través de los paneles de mensaje variable, o a través de señalización vertical.
La DGT ha invitado a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos a sumarse a la campaña, de modo que el mensaje a transmitir, independientemente de la administración que gestione la circulación, es que los límites de velocidad siempre se deben respetar.
Tráfico recuerda que en el periodo vacacional muchos de los desplazamientos que se hacen son por carreteras convencionales, donde se registran 3 de cada 4 accidentes.
En este tipo de vías es muy importante circular a la velocidad establecida ya que los límites están puestos en función de las características de la vía: curvas más cerradas, cruces al mismo nivel o mayor riesgo en los adelantamientos.
En 2019, el 41 % de los fallecidos en carreteras convencionales se produjeron en salidas de vía, y el 27 % en colisiones frontales.
La DGT ha informado, asimismo, de que por decimoquinto año consecutivo, la Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos (ASPAYM) colaborará concienciando a los conductores sobre el grave riesgo que supone no respetar los límites de velocidad.
En esta ocasión, contarán con 30 voluntarios que acompañarán a los agentes de la guardia civil en los controles y han sustituido el folleto en papel por unas pulseras reflectantes con un "microsite" que lleva a nocambiesderuedas.es, donde se ofrecen consejos para prevenir accidentes de todo tipo.
La DGT recuerda que unificó la velocidad genérica en las carreteras convencionales a 90 km/h y ha reducido este año la velocidad en las ciudades a 30km/h en aquellas vías de un único carril y advierte de que llevar una velocidad adecuada podría evitar una cuarta parte de los fallecidos en siniestros viales.
Destaca que a partir de 80km/h es prácticamente imposible que un peatón se salve en un atropello. Si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h el riesgo de muerte del peatón es de un 10 %; si la velocidad es a 50 km/h, ese riesgo de fallecimiento se eleva al 90 %.
Apunta también que a 120km/h se necesita para detenerse una distancia superior a un campo de fútbol y subraya que el exceso de velocidad no sólo incide en la seguridad vial, sino que también tiene una influencia negativa sobre el medioambiente, la calidad de vida y el consumo de combustibles.
La normativa de Tráfico recoge que la velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 km/h; en carreteras secundarias, de 90 km/h y en vías urbanas de 30km/h en vías de un único carril y a 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido.
Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades, los conductores que las incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80km/h en vía interurbana a la permitida, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses, a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, además de la de privación del derecho a conducir entre uno y cuatro años.